Ciudad de Guatemala, 8 nov (AGN).- El pasado 3 de octubre se publicó en el diario oficial el Acuerdo 1543 de la junta directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), el cual garantiza el benefició a los connacionales mediante el registro del régimen de Seguridad Social y la Cobertura de Riesgos.
Además, el beneficio es de manera gradual para migrantes que residen fuera de la frontera de Guatemala, como a la familia que habita en el territorio nacional.
Las personas migrantes interesadas pueden realizar la inscripción a través de la página web del IGSS, e ingresar los datos que solicita el reglamento.
Te presentamos la nueva cobertura del #IGSS para la protección al núcleo familiar del #migrante guatemalteco.
Conoce más ►https://t.co/iQ0sIdeYXD#UnIGSSmásCercaDeTi#Guatemala #Salud #migss3 pic.twitter.com/eLXT8UcQoJ— IGSS GT (@IGSS_gt) October 31, 2023
Requisitos
Además, dentro de los requisitos para la inscripción del migrante guatemalteco voluntariamente, se encuentran:
- ser mayor de 18 años
- encontrarse en el extranjero
- contar con alguno de los siguientes documentos de identificación: documento personal de identificación (DPI), pasaporte o carné de afiliación.
- datos del solicitante
Datos
Asimismo, para llevar a cabo el registro del migrante se debe proporcionar los siguientes datos:
- nombres y apellidos
- DPI, pasaporte o carné de afiliación
- fecha de nacimiento
- medio electrónico de contacto
- fotografía digital reciente, entre otros.
Te presentamos la nueva cobertura del #IGSS para la protección al núcleo familiar del #migrante guatemalteco.
Conoce más ►https://t.co/iQ0sIdeYXD#UnIGSSmásCercaDeTi#Guatemala #Salud #migss3 pic.twitter.com/eLXT8UcQoJ— IGSS GT (@IGSS_gt) October 31, 2023
Inscripción a familia
Ahora bien, dentro del círculo familiar se se comprende a la esposa o conviviente y a los hijos menores de 7 años que habiten en el territorio nacional quienes deberán ser inscritos de acorde lo que establezca el instituto.
En cuanto a las prestaciones en salud, se encuentra la protección relativa a enfermedad, maternidad y accidentes, que el instituto otorgará al núcleo familiar del migrante;, este servicio es exclusivamente en las Unidades del IGSS.
Cobertura
Para el otorgamiento de la cobertura de seguridad social al migrante y su núcleo familiar que habite dentro del territorio se establece una cuota mensual de mil quetzales exactos; misma que deberá actualizarse cada año.
Ahora bien, en cuanto a las formas de pago de las contribuciones podrá realizarse desde el extranjero o por medio de una persona residente en el país, puede ser de forma anticipada mensual, trimestral, según convenga al migrante. Al no acreditar derechos de salud conforme al artículo 7 del reglamento se suspenderá la cobertura.
Le podría interesar:
Por Primera Vez: Gobierno adquiere dos helicópteros para ayuda humanitaria
jh/