Ciudad de Guatemala, 22 jul. (AGN).- Más de mil citaciones al Congreso de la República por parte de funcionarios de Gobierno han sido atendidas durante el primer semestre de gestión, indicó el secretario de Comunicación Social de la Presidencia, Santiago Palomo.
Durante una conferencia de prensa en el Palacio Nacional de la Cultura, el funcionario indicó:
Esta semana arrancan las interpelaciones a los ministros de Gobernación y Relaciones Exteriores. Es importante destacar que solo en seis meses se han atendido más de mil citaciones en el Congreso, un dato inédito.
Destacó que el Ejecutivo confía en el desempeño correcto y eficaz de ministros y ministras. Por esto, esperan que las interpelaciones sean ágiles y precisas, para que los funcionarios retornen a sus labores de trabajo rápido.
🔴 | Conferencia de Prensa del Ministro de Gobernación, @FJimenezmingob, y el Secretario de la @SCSPGT, @santipalomov. https://t.co/T4oJjik6NV
— Gobierno Guatemala (@GuatemalaGob) July 22, 2024
Están preparados
En tanto, el ministro de Gobernación, Francisco Jiménez, indicó que ya se están preparando con su equipo de trabajo para esta interpelación. Enfatizó en que espera que el acto sea preciso y rápido.
Nosotros estamos asumiendo esta interpelación como una interpelación para rendir cuentas. También es como el ejercicio de informar sobre el trabajo que hemos hecho en estos seis meses.
Resaltó que esta no es una interpelación solo del ministro sino de su equipo de trabajo.
En entrevista con @Noti7Guatemala, el Ministro @FJimenezmingob dio a conocer resultados claves de los primeros seis meses de trabajo. 🤝🇬🇹 pic.twitter.com/kIlNOayuX6
— MinGob (@mingobguate) July 22, 2024
Interpelación en la ley
En la sección segunda de la Constitución Política de la República, el artículo 167 detalla:
Cuando se planteare la interpelación de un ministro, este no podrá ausentarse del país, ni excusarse de responder en forma alguna. Si se emitiere voto de falta de confianza a un ministro, aprobado por no menos de la mayoría absoluta del total de diputados al Congreso, el ministro presentará inmediatamente su dimisión.
El Presidente de la República podrá aceptarla, pero si considera en Consejo de Ministros que el acto o actos censurables al ministro se ajustan a la conveniencia nacional y a la política del gobierno, el interpelado podrá recurrir ante el Congreso dentro de los ocho días a partir de la fecha del voto de falta de confianza.
Si no lo hiciere, se le tendrá por separado de su cargo e inhábil para ejercer el cargo de ministro de Estado por un período no menor de seis meses. Si el ministro afectado hubiese recurrido ante el Congreso, después de oídas las explicaciones presentadas y discutido el asunto y ampliada la interpelación, se votará sobre la ratificación de la falta de confianza, cuya aprobación requerirá el voto afirmativo de las dos terceras partes que integran el total de diputados al Congreso.
Si se ratificara el voto de falta de confianza, se tendrá al ministro por separado de su cargo de inmediato. En igual forma, se procederá cuando el voto de falta de confianza se emitiere contra varios ministros y el número no puede exceder de cuatro en cada caso.
Sobre las citaciones al Congreso
Artículo 168. Asistencia de ministros al Congreso.
Cuando para el efecto sean invitados, los ministros de Estado están obligados a asistir a las sesiones del Congreso, de las comisiones y de los bloques legislativos.
No obstante, en todo caso podrán asistir y participar con voz en toda discusión atinente a materias de su competencia. Podrán hacerse representar por los viceministros. Todos los funcionarios y empleados públicos están obligados a acudir e informar al Congreso, cuanto este, sus comisiones o bloques legislativos lo consideren necesario.
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