Ciudad de Guatemala, 24 nov (AGN).- La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) oficializó este miércoles que tanto contadores y auditores como contribuyentes registrados en régimen general deberán incorporarse al régimen de factura electrónica en línea (FEL).
De acuerdo con la resolución SAT-DSI-1218-2021, a partir del 24 de febrero de 2022 se incorporará a este régimen a las personas individuales y jurídicas que presten servicios en materia contable, financiera, tributaria y de auditoría.
Si eres un profesional, técnico o auxiliar de la salud, tienes hasta el 19 de enero para incorporarte a FEL. pic.twitter.com/BD3bGSynZS
— SAT Guatemala (@SATGT) November 24, 2021
En este caso se especificó que la medida aplica para:
- peritos contadores
- profesionales de la contaduría pública y auditoría
- personas jurídicas constituidas bajo la figura de firmas contables y de auditoría
Se exceptúa a las personas individuales que presten sus servicios únicamente en relación de dependencia.
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Régimen general
Por otro lado, en su resolución SAT-DSI-1240-2021, la superintendencia determinó que las personas individuales y jurídicas registradas bajo el régimen general del impuesto al valor agregado (IVA) deben trasladarse al de factura electrónica en línea.
En ese sentido, se especificó que a más tardar el 1 de julio de 2022 los contribuyentes en régimen general deberán comenzar a emitir documentos tributarios electrónicos (DTE).
Vencido el plazo indicado, las autorizaciones vigentes de otros medios o formas de emisión de documentos tributarios y autorizaciones para emitir factura u otros documentos con número de identificación tributaria (NIT) y nombre del receptor en blanco, quedarán sin efecto, indica la resolución.
Asimismo, se reiteró que el régimen de FEL será el único medio para la emisión de los documentos tributarios.
Debes contar con facturas vigentes, y emitirlas en cada venta. #SinExcusas pic.twitter.com/xrFzaxNvJa
— SAT Guatemala (@SATGT) November 22, 2021
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Sobre el régimen FEL
El régimen de factura electrónica en línea se aprobó en 2018 y comprende la emisión, transmisión, certificación y conservación por medios electrónicos de facturas, notas de crédito y débito, recibos y otros documentos autorizados por la SAT. Estos se denominan documentos tributarios electrónicos.
Además, cada DTE debe verificarse para confirmar que el emisor de FEL cumple con las reglas y validaciones vigentes.
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