Ciudad de Guatemala, 24 jun (AGN).– Por medio de un video publicado en redes sociales, el presidente Bernardo Arévalo, junto al ministro de Salud, Joaquín Barnoya, firmaron el Reglamento de la Ley para la Atención Integral del Cáncer, el cual se oficializó este miércoles con su publicación en el diario oficial.
En su mensaje junto al video, el mandatario expresó:
Con el Reglamento de la Ley de Atención Integral del Cáncer hacemos realidad un compromiso con la vida y con la dignidad humana. Estamos construyendo un Estado que no les da la espalda a las personas cuando más lo necesitan, sino que las acompaña y les da esperanza.
Por su parte, Barnoya explicó que la normativa brinda la institucionalidad necesaria para poner en marcha cinco acciones fundamentales. Entre estas destaca la creación de la Dirección Nacional de Atención Integral del Cáncer, el Registro Poblacional del Cáncer, el Consejo Nacional de Farmacoterapia.
También permitirá implementar el Consejo Nacional contra el Cáncer y el desarrollo del Hospital contra el Cáncer, y ahora se compromete con una verdadera integridad del cáncer y de las enfermedades crónicas.
Con el Reglamento de la Ley de Atención Integral del Cáncer hacemos realidad un compromiso con la vida y con la dignidad humana. Estamos construyendo un Estado que no le da la espalda a las personas cuando más lo necesitan, sino que las acompaña y les da esperanza. pic.twitter.com/pA8oRn2brg
— Bernardo Arévalo (@BArevalodeLeon) June 24, 2026
Objetivo del reglamento
El objetivo de la regulación es establecer los procesos necesarios para promover, atender y orientar a la población por medio de acciones contra el cáncer, así como la promoción de la salud.
Asimismo, promoverá la prevención de los factores de riesgo, detección temprana de la enfermedad y el tratamiento oportuno, rehabilitación y cuidados paliativos, mediante un modelo de atención integral contra el cáncer.
El reglamento también establece la creación de la Dirección Nacional de Atención Integral del Cáncer, la cual estará a cargo de un titular nombrado por el ministro de Salud.
Esta dirección será la responsable de efectuar las gestiones administrativas para la ejecución de las acciones establecidas por esta regulación.
También establece la integración del Consejo Nacional Contra el Cáncer, cuya presidencia recae en el ministro de Salud y lo integrarán representantes de diferentes instituciones como lo establece la ley.
Asimismo, las disposiciones contenidas en el acuerdo son de cumplimiento en todo el país por parte de todas las instituciones del Estado, pero de manera especial por las entidades prestadoras de servicios de salud.
También están obligadas a dar cumplimiento a esta regulación las entidades sin fines de lucro o privadas que presten servicios para atención de personas con cáncer y reciban fondos del Estado, así como cualquier otra entidad que tenga relación con la citada ley y su reglamento.
El documento, contenido en el Acuerdo Ministerial No. 105-2026 y publicado en el diario oficial, entrará en vigor ocho días después de su publicación, es decir, a mediados de la próxima semana.
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