Ciudad de Guatemala, 10 mar (AGN).- El Ministerio de Gobernación (Mingob) publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Gubernativo Número 38-2021. En él se establece una prórroga para la contratación del seguro obligatorio de responsabilidad civil contra terceros del transporte colectivo urbano de pasajeros y de carga.
Con este documento se reforma el Acuerdo Gubernativo Número 17-2020. Además, se otorga un plazo de 18 meses para la contratación y primer pago del seguro anual obligatorio para esos gremios.
Ese lapso empezará a correr el jueves, pues la normativa cobra vigencia un día después de su publicación.
En el caso del transporte colectivo urbano de pasajeros o de carga que tramite la autorización para prestar servicios de forma posterior a la entrada de vigencia de la norma, el plazo correrá a partir de la fecha en que obtenga el aval.
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Oficializan prórroga
El pasado 24 de febrero, el titular del Mingob, Gendri Reyes, sostuvo una reunión con los representantes de la gremial de taxistas, quienes solicitaron apoyo en este tema.
Esto se debe a que ese sector es parte de los obligados a contar con un seguro por daños a terceros, pero argumentaron no conocer a detalle la normativa.
Durante esa junta, el funcionario indicó que se otorgaría una prórroga para la entrada en vigencia del reglamento.
Asimismo, se creó una mesa de diálogo para atender demandas del gremio, pues anteriormente no se escucharon, ni se les permitió participar en las discusiones.
Agradecen apertura
Los delegados de la gremial agradecieron en aquella oportunidad a las autoridades de Gobernación por atenderlos y escuchar sus peticiones.
A decir de Hugo Xicará, ese sector se ha visto afectado por la falta de regulación y socialización del seguro obligatorio.
“Este seguro nos incluye a nosotros, y los costos del cálculo de primas, multas y sanciones son demasiado elevados; no podemos pagarlos, por eso es que agradecemos que se atiendan nuestras demandas”, declaró.
El Reglamento para la Contratación de Seguro del Transporte Colectivo Urbano de Pasajeros y de Carga tiene por objeto hacer cumplir lo normado en la Ley de Tránsito, en cuanto a que todo propietario de vehículo autorizado para circular por la vía publica deberá contratar, como mínimo, con un seguro de responsabilidad contra terceros.
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AGN jm/kg/dm