Ciudad de Guatemala, 14 may (AGN).- El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) ofrece la opción de la contribución voluntaria a quienes están interesados en seguir protegidos por el Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS).
Los afiliados que deseen continuar con la cobertura del IVS podrán completar sus cuotas aunque no tengan ninguna relación de dependencia con un patrono, es decir, de manera individual.
Claudia Lucrecia Sentes, jefe del Departamento de IVS, explicó que esta oportunidad permite a emprendedores, personas en situación de desempleo o que trabajan por su cuenta de manera informal asegurar una pensión al llegar a los 60 años y haber cumplido con los 240 pagos de cuotas establecidas en la normativa.
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— IGSS GT (@IGSS_gt) May 13, 2024
Beneficios
Sentes comenta que no contemplan la cobertura de servicios médicos, pero sí se brinda una caución económica para la familia en caso de muerte del contribuyente, y la protección social en caso de un accidente o enfermedad que le causa un grado de invalidez y le imposibilite hacerse de un salario.
Además, otra de las ventajas es qué aun cuando se hayan completado las cuotas mínimas, el afiliado puede seguir contribuyendo para incrementar el monto de su futura pensión.
Al respecto, aseguró:
Por cada 6 cuotas excedentes sobre las primeras 120, el IGSS otorga un 0.5 % adicional.
La cantidad del aporte se calcula con base en el último sueldo devengado por el trabajador en el sector formal, del que se toma un 5.5 % repartido de la siguiente forma: 3.67 % correspondiente a la obligación patronal y el 1.83 % de la parte laboral.
Requisitos indispensables
Para que alguien sea elegible es indispensable que tenga acreditadas 12 cuotas obligatorias en los últimos 36 meses, aunque estas no hayan sido consecutivas. Luego debe solicitar al IGSS, por medio de los formularios autorizados, para ser un contribuyente voluntario.
Asimismo, explicó que el plazo máximo para realizar esta gestión es de un año desde la última vez que se laboró para una empresa adherida al Régimen de la Seguridad Social.
A partir de la petición, hay un lapso de uno o dos meses para que la institución haga la aprobación y el solicitante pueda empezar con sus contribuciones. El afiliado perderá su derecho a ser contribuyente voluntario si incumple el pago durante tres meses consecutivos.
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