Ciudad de Guatemala, 8 abr (AGN).- El gobierno del presidente Bernardo Arévalo emprendió hoy un trámite de opinión consultiva ante la Corte de Constitucionalidad (CC) por incumplimiento de requisitos de honorabilidad por parte de la fiscal general, Consuelo Porras, que la inhabilitaría para desempeñar el cargo.
Por instrucciones del presidente Bernardo Arévalo, se ha presentado ante la CC una opinión consultiva respecto a la honorabilidad de Porras al desempeñarse como fiscal general y jefa del Ministerio Público (MP), dijo, consultado por periodistas, Juan Gerardo Guerrero, titular de la Secretaría General de la Presidencia.
Afirmó que, para el Gobierno de Guatemala, la fiscal general Porras no está comprometida en la lucha contra la corrupción y, además, consintió un intento de ruptura del orden constitucional y del régimen político electoral de Guatemala.
Consideraciones del gobierno
El secretario general de la Presidencia recalcó que Porras ha avalado la corrupción ignorando hechos graves como el de la compra de la vacuna Sputnik, un caso denunciado por un presunto contrato ilegal.
También permitió que sus fiscales vulneraran las urnas, manosearan los votos de los ciudadanos y hasta en el MP se atrevieron a proponer la repetición de las elecciones.
Puntualizó que la falta de idoneidad de la fiscal general de Guatemala para continuar en el puesto se refleja en el hecho de que es considerada una actora corrupta y antidemocrática por más de 29 países, que inclusive han prohibido el ingreso de Porras a esas naciones.
La finalidad es que la CC determine si Porras cumple el requisito de honorabilidad que ordenan los artículos 207 y 251 de la Constitución Política.
Bajo las instrucciones del presidente @BArevalodeLeon, presentamos una serie de cuestionamientos sobre la honorabilidad de Consuelo Porras para ocupar el cargo de Fiscal General del @MPguatemala. 📑
Las instituciones de justicia deben garantizar el bienestar del pueblo y… pic.twitter.com/gMaoBl9Xct
— Gobierno Guatemala (@GuatemalaGob) April 8, 2024
Preguntas que estudiarán los magistrados de la CC
Guerrero expuso que la Constitución Política, como requisito para ejercer el cargo de fiscal general y jefe del MP, considera la honorabilidad como un centro fundamental para el ejercicio de las funciones. Por ende:
¿Debe el requisito de reconocida honorabilidad ser cumplido únicamente al momento de optar al cargo público o debe de mantener su vigencia durante el ejercicio de la función pública?
¿Debe constituir causa justificada para la revocatoria del nombramiento de fiscal general de la República y jefe del Ministerio Público la pérdida del requisito constitucional de honorabilidad exigido en el artículo 251 de la Constitución Política de la República de Guatemala?
De conformidad con los principios de objetividad, igualdad, legalidad e independencia que rige su actuar, cuando es presentada una denuncia o una querella en contra, ¿debe el fiscal general y jefe del Ministerio Público ejercer por sí mismo la acción penal pública o puede ser suspendido del ejercicio de su cargo?
Cuando es presentada una denuncia o una querella en su contra ¿cuáles medidas debe realizar el fiscal general y jefe del Ministerio Público para garantizar la independencia y la autonomía de la acción penal pública realizada por el personal a cargo de la investigación penal del Ministerio Público?
De conformidad con los artículos 60 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, ¿cómo debe garantizar el fiscal general de la República y jefe del Ministerio Público la objetividad en la investigación para las faltas administrativas promovidas en su contra?
Mecanismos legales
El secretario general de la Presidencia reiteró que con esta acción, queremos dejar claro que el gobierno continúa haciendo uso de los mecanismos legales y políticos adecuados para la sustitución de Porras, pues se requiere que el MP esté comprometido en la lucha en contra de la corrupción, como lo demanda el pueblo de Guatemala.
Buscamos una ruta legal y política pertinente, a fin de que el Presidente de la República, al establecer las causales, pueda removerla del cargo (a Consuelo Porras), indicó el funcionario al insistir en el objetivo del trámite de la opinión consultiva planteada a la CC por escrito.
Guerrero explicó que el procedimiento a seguir es que la Corte de Constitucionalidad conteste las preguntas que hemos realizado y con eso nos aclare cuál es el panorama para poder tomar las acciones que lleven a la destitución de Porras.
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pp/dc/dm