Ciudad de Guatemala, 4 ene (AGN).— La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) recuerda a la población que a partir del enero del presente año deben estar solventes del pago del impuesto sobre circulación de vehículos (ISCV).
A partir del 01 de enero de 2024 debe estar solvente el pago de impuesto sobre circulación de vehÍculos para realizar cualquier gestión ante la SAT.
Dice un mensaje en la cuenta oficial de la SAT.
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A partir del 01 de enero 2024 debes estar solvente del pago del #ISCV para realizar cualquier gestión de vehículos ante la #SAT pic.twitter.com/dp3KIsqfGR
— SAT Guatemala (@SATGT) December 31, 2023
Impuesto sobre circulación de vehículos
La Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos en el artículo 31 establece que la recaudación del impuesto de vehículos terrestres se destina al mantenimiento, mejoramiento y construcción de calles. También se utiliza para el mantenimiento y adquisición de semáforos, señales de tránsito y equipo de control y ordenamiento.
Para calcular el monto que deben pagar los autos particulares, anualmente se emite una tabla de valores imponibles. Además, la ley indica que deben tomarse en cuenta los años de uso de cada automotor.
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¿Cuándo debe pagarse el impuesto sobre circulación?
La SAT informó que debe pagarse entre el 1 de enero y el 31 de julio de cada año. Luego de ese plazo corresponde multa por omisión e intereses.
Asimismo, la consulta sirve para averiguar cuánto es el monto a pagar del impuesto sobre circulación e impresión. Seguidamente, se debe llenar un formulario en Declaraguate SAT-4091 de vehículos de circulación al generar la boleta se debe pagar.
Antes de realizar el pago de ISCV, debe estar solvente de las multas e infracciones en materia de tránsito. La calcomanía se debe imprimir y portarla al conducir el vehículo, las respectiva autoridades podrán solicitarla. No es necesario pegarla en el parabrisas ni en la placa.
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Jh/Jm