Ciudad de Guatemala, 29 sep (AGN).– La Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (SCEP), por medio de guías orientadoras brinda información sobre el proceso de convocatoria a elección de personas representantes titulares y representantes suplentes de las distintas organizaciones en el nivel departamental establecidas en la ley del Sistema de Consejos de Desarrollo.
En estas guías se encuentran las convocatorias, las formas en que se desarrollarán, el plazo y proceso, establecidos por cada ministerio interesado.
También incluye las causas por las cuales se puede modificar la convocatoria por única vez, estableciendo los motivos, requisitos y plazo para una nueva convocatoria.
Las calidades para participar en el proceso de elección, tanto a nivel regional y departamental, comprobar el domicilio en el departamento de la región, no ser servidor público y la persona electa deberá conservar durante todo su mandato el perfil requerido en la convocatoria.
La participación de las personas electas es ad honorem y los lineamientos generales del proceso de elección por parte de la entidad convocante.
Kicha’ik ri winäq man e ajchanpomal pa tinamital richin yek’oje’ pa Codede#Participación #TransfiriendoPoderalaGente #SCEP🇬🇹 #IdiomaKaqchikel pic.twitter.com/qEYE8ANyD9
— Secretaría Ejecutiva SCEP (@SCEPgt) September 27, 2026
Sobre la guía de pueblos
En las guías dirigidas a los pueblos mayas, xinca y garífuna, se cuenta con el contenido que establece el uso de los idiomas de los pueblos indígenas.
La participación puede ser de un representante, autoridad o dirigente. Se deberá acreditar, presentar o demostrar en forma documental o, en su defecto, según sus principios, valores, normas o procedimientos propios, la representación de la autoridad o dirigente de la organización representativa del pueblo presente.
La forma de votación según principios, valores, normas, procedimientos o estatutos propios.
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