Ciudad de Guatemala, 12 ago. (AGN).- La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) que derivado de la entrada en vigencia del Decreto 19-2026, los sistemas informáticos aplican desde hoy dichas disposiciones, que se extenderán hasta el último día hábil de diciembre 2026.
La SAT resaltó que a la fecha más del 80% del parque vehicular ya canceló este impuesto:
A la fecha, un 83% del parque vehicular ya ha cumplido con el pago del Impuesto de Circulación, esto representa 1, 314.61 millones de recaudo en este concepto, un 88% de la meta establecida para el 2026.
La SAT resalta que, como institución responsable de la administración del sistema tributario y aduanero del país, es respetuosa de las disposiciones emitidas por el Congreso de la República de Guatemala.
🚗🏍🚛 La #SAT informa que derivado de la entrada en vigencia del Decreto 19-2026, los sistemas informáticos aplican desde hoy dichas disposiciones, que se extenderán hasta el último día hábil de diciembre 2026.
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— SAT Guatemala (@SATGT) August 12, 2026
Plazo hasta diciembre
En ese sentido, con base en la publicación del Decreto 19-2026: “Ley temporal para ampliar el plazo del pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres”, los sistemas informáticos de la SAT aplican desde hoy dichas disposiciones, con vigencia hasta el último día hábil de diciembre del 2026.
Es importante recordar que a la fecha se cuenta con un parque vehicular que asciende a 6 millones 697 mil 56 de vehículos terrestres, de los cuales 5.54 millones (83%) ya han cumplido con el pago de este impuesto.
Mientras el 1.16 millones (17%) aún están pendientes de cumplir con esta obligación.
La SAT reafirma su compromiso con la ciudadanía de continuar aplicando correctamente la legislación vigente, que permite fortalecer la administración tributaria y continuar contribuyendo juntos al desarrollo de Guatemala.
⚠️ ¡No te dejes engañar!
Recuerda que para cumplir con el #ImpuestoDeCirculación debés llenar el formulario #SAT-4091 desde https://t.co/aRfiHulJSO o desde tu #AgenciaVirtual.
💻 Luego presenta y paga en los bancos del sistema o en las bancas virtuales.
🙋🏻♀️ Si tienes dudas… pic.twitter.com/KItrAVsI0R
— SAT Guatemala (@SATGT) July 29, 2026
Exoneración de multas e intereses desde el 1 de agosto
Ante el vencimiento de la fecha límite original del 31 de julio, el Congreso incluyó un artículo transitorio para resolver la situación de los contribuyentes que no han cancelado el tributo mientras la nueva ley completa su trámite:
Protección contra recargos: Se establece la exoneración total de multas e intereses generados desde el 1 de agosto hasta el día exacto en que la ley entre en vigencia.
Ajustes tecnológicos: Se instruye a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) a realizar las adecuaciones administrativas, operativas y tecnológicas para adaptar sus sistemas a esta disposición.

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