Ciudad de Guatemala, 24 feb (AGN). – El Congreso de la República publicó este martes el decreto número 4-2026, sancionado por el Ejecutivo, por medio del cual se crean las escuelas e institutos normales con especialidades con el objetivo de garantizar la calidad educativa a través de la formación inicial de los docentes.
Asimismo, el decreto, que se publicó este día en el Diario de Centro América (oficial) señala que esta ley y su reglamento regirá el funcionamiento de las instituciones mencionadas.
Además, declara de interés nacional la formación de docentes en escuelas e institutos normales con especialidades.
Igualmente, estas instituciones serán establecimientos educativos encargados de la formación de maestros para el ejercicio de la docencia en las distintas especialidades y modalidades. Esta será parte del proceso de cambio de la carrera.
El objetivo de la ley
La ley tiene el propósito de regular la constitución, naturaleza, estructura y funciones de los institutos y escuelas normales con especialidades, así como sus procesos de transformación y transición.
También se propone promover el establecimiento y la aplicación de procedimiento, normas de coordinación y apoyo entre el Ministerio de Educación (Mineduc) y los establecimientos educativos superiores, tanto nacionales como extranjeros, así como con los centros educativos que ofrezcan especialidades acordes con las necesidades de cada uno de estos establecimientos.
Entre las funciones de las escuelas e institutos normales con especialidades la norma establece los siguientes:
- Formar y titular maestros de nivel medio, con base en las necesidades y modalidades diversas que requiere el sistema educativo nacional.
- Promover el establecimiento mecanismos y procedimientos de coordinación y apoyo con universidades públicas y privadas del país y/o extranjeras, centros de estudio que contribuyan a fortalecer las áreas relacionadas con la formación especializada.
- Elevar de manera permanente la calidad de la formación inicial de docentes y la de la educación que se imparte en el sistema educativo.
- Coadyuvar en la nivelación y actualización de los docentes en servicio, de acuerdo con las necesidades del sistema educativo nacional y la solicitud que hagan los directores departamentales.
Asimismo, se establece que la rectoría de las instituciones que se crean con la citada ley la ejercerá el Mineduc.
La ley regula todo lo relacionado con la constitución, rectoría, organización, funciones, estructura organizacional y otros aspectos relacionados con la administración y funcionamiento de los institutos y escuelas normales con especialidades.
Además, señala que el decreto 4-2026 entra en vigor ocho días después de su publicación den el diario oficial.
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