Ciudad de Guatemala, 1 oct (AGN).- El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) aprobó hoy la “Norma de reapertura segura de las instituciones de educación superior y centros de capacitación técnica durante la epidemia de SARS-CoV-2 (COVID-19)”.
Según el Acuerdo Ministerial 233-2020, la norma contiene la regulación mínima que deben cumplir las instituciones de educación superior (universidades) y los centros de capacitación técnica para evitar el contagio de coronavirus (COVID-19) en sus instalaciones.
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Para esto, cada centro educativo de estos tipos deberá establecer, en lo individual o en su conjunto, un sistema de vigilancia sanitario. Este sistema permitirá detectar personas de la comunidad académica que presenten síntomas sospechosos de coronavirus.
En este caso, las personas con síntomas o a quienes se les haya diagnosticado la enfermedad, no podrán acceder a las universidades o centros de capacitación técnica.
Asimismo, se indicó que el sistema de vigilancia sanitario deberá permitir el rastreo y monitoreo de contactos de casos confirmados de COVID-19.
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Recuerda, cuidarnos es responsabilidad de todos.#CuidarnosEsResponsabilidadDeTodos #MSPAS pic.twitter.com/Ve1CgHrOJg
— Ministerio de Salud Pública (@MinSaludGuate) October 1, 2020
Plan de contingencia
Por otra parte, cada universidad y centro de capacitación técnica determinará, antes de comenzar con clases presenciales, un plan de contingencia. Este plan debe permitir, en caso de que la situación sanitaria lo requiera, un cambio masivo de inmediato a un sistema de trabajo telemático.
Además, se implementará un Comité de Salud y Seguridad, que se encargará de decidir sobre la activación o desactivación del plan de contingencia.
El comité será integrado por miembros con idoneidad en salud y epidemiología de la administración, el profesorado y los estudiantes.
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Medidas sanitarias
El acuerdo también señala que es obligatorio el uso de mascarilla para todas las personas que asistan al centro universitario o de capacitación técnica.
De igual manera, los espacios de clase o práctica de cada centro deberán estar ventilados naturalmente. Para esto, se recomendó mantener las ventanas abiertas todo el tiempo que sea posible.
Asimismo, cada una de las instalaciones deberá establecer un centro de salud o bienestar estudiantil.
El centro se encargará de garantizar el acceso a la atención primaria de salud y tamizaje para COVID-19. También deberán proporcionar un sistema para hacer frente a situaciones médicas de crisis y proporcionar un sistema de educación en salud para la población.
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AGN lc/dm