Ciudad de Guatemala, 26 feb (AGN).- Entre las funciones del Estado de Guatemala está garantizar la vida, seguridad y pleno desarrollo de la mujer. Esto, enmarcado en los principios constitucionales de protección y garantía de derecho pleno en relación con el hombre y procesos de elección de puestos.
Así, el Presidente de la República remarca que el Estado está obligado a prestar las garantías necesarias de igualdad de oportunidades y legales para todas las mujeres del país.
Asimismo, el artículo 3 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer ordena que el Estado Parte adopte todas las medidas necesarias para la protección y desarrollo de la mujer en todos los ámbitos. Este marco legal nacional e internacional sirve de base para que desde la Presidencia de la República se vele por el estricto cumplimiento de las medidas adoptadas.
Dentro de este marco de igualdad de género, el Ministerio de Gobernación publicó este 26 fe febrero el Acuerdo Gubernativo 31-2025. Este se vincula con la necesidad de incluir en el proceso de nombramiento de Secretaria y Subsecretaria de la Secretaría Presidencial de la Mujer (Seprem) un espacio de propuesta ciudadana a las formas de organización de mujeres mayas, garífunas, xincas, ladino/mestizas y afrodescendientes.
Lo anterior, tomando en cuenta la importancia de la inclusión y la diversidad en la toma de decisiones en beneficio de la mujer guatemalteca.
Por tanto, se acuerdan reformas al Acuerdo Gubernativo 200-2000, del Presidente de la República de Guatemala, del 17 de mayo del 2000.
En el Día Nacional de la Dignidad de las Víctimas del Conflicto Armado Interno, honramos la memoria, resistencia y fortaleza de todas las personas que han sufrido a causa de la violencia. pic.twitter.com/8MD6iJw4It
— SEPREM (@SEPREMGUATEMALA) February 25, 2025
Reformas
- Entre las reformas se incluye que tanto la secretaria como la subsecretaria de Seprem serán nombradas o removidas por el Presidente de la República.
- El Presidente convocará en publicación en el Diario de Centro América a oposición a los cargos mencionados, tomando en cuenta aspectos como diversidad étnica y representatividad. Las organizaciones con representatividad podrán proponer a la Seprem las candidaturas.
- La Seprem evaluará los expedientes remitidos, creará un mecanismo de selección y presentará al Presidente de la República las ternas correspondientes para ambos puestos.
- En caso de declararse vacantes los puestos, el Presidente tomará la decisión sobre las ternas integradas en el proceso inmediato anterior, sin excederse de un plazo de 30 días hábiles.
- Para el nombramiento de Secretaria y Subsecretaria Presidencial de la Mujer, este deberá hacerse dentro de los 30 días hábiles siguientes a su vigencia.
Entre los firmantes del acuerdo están el presidente de la República, Bernardo Arévalo, y el ministro de Gobernación, Francisco Jiménez.
Este acuerdo gubernativo entrará en vigencia un día después de su publicación en el diario oficial.
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