Ciudad de Guatemala, 17 oct (AGN).- El Ministerio de Educación (Mineduc) publicó este lunes el acuerdo ministerial 3390-2022, que establece el uso voluntario de la mascarilla en los centros educativos, con excepción de las personas que por su condición médica tengan una contraindicación.
Según la publicación del Diario de Centro América, la nueva disposición reforma el acuerdo ministerial 1600-2022 del 17 de mayo de 2022. El anterior contemplaba el uso de la mascarilla para la prevención y control de infecciones por el COVID-19 en los Centros del Sistema Educativo Nacional.
De esa cuenta, los centros del sistema podrán poner en práctica la disposición a partir de este lunes, según lo consideren conveniente.
Hoy se publicó el Acuerdo Ministerial 3390-2022 del Ministerio de Educación, en el cual se establece que el uso de mascarilla queda de manera voluntaria en los centros educativos del país.
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— Diario de Centro América (@DiariodeCA) October 17, 2022
Otras disposiciones
El pasado 7 de octubre, el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) publicó el acuerdo 238-2022 que emite nuevas disposiciones al Sistema de Alertas Sanitarias para la apertura a la nueva normalidad y sobre el uso de la mascarilla por la pandemia del COVID-19.
Por ello, indica que en armonía con dicha norma se considera oportuno emitir esta nueva disposición, la cual regirá a partir de este lunes.
Por medio del referido acuerdo, el MSPAS introduce reformas a la disposiciones que contienen el sistema de alertas sanitarias para la apertura a la nueva normalidad, autorizando según acuerdo número 158-2022 de dicho ministerio, que queda a discreción de cada persona el uso de la mascarilla o tapabocas.
Sumado a esto, indica que la norma se aplica con excepción de hospitales públicos y privados, centros de Salud, puestos de hisopado y de vacunación.
Asimismo, de clínicas médicas y laboratorios, así como centros de cuidado y atención de personas de la tercera edad, centros de detención y arresto.
Otras recomendaciones
En tal sentido, las modificaciones al acuerdo también indican que de esta obligación se exceptúan los menores de 2 años y las personas que por su condición médica tengan una contraindicación.
Además, señala que es altamente recomendable el uso de mascarilla o tapabocas en el transporte urbano y extraurbano.
Finalmente, establece que en los demás lugares queda a discreción de cada persona el uso de la mascarilla.
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cv/ir