Ciudad de Guatemala, 26 ene (AGN) .- A partir de este martes, los centros comerciales, tiendas de barrio y de conveniencia tendrán un nuevo horario de funcionamiento: tendrán que cerrar a las 19:00.
Así lo establece el Acuerdo Ministerial Número 08-2021, emitido por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) y publicado este día en el diario oficial.
Tal como lo anunció la jefa de esa cartera, Amelia Flores, se definieron nuevas medidas para contener la segunda ola de contagios de coronavirus (COVID-19), las cuales empezarán a regir hoy en todo el país.
Según la normativa, al igual que los citados establecimientos, las plazas comerciales y similares tendrán que dejar de funcionar a las 19:00. Sin embargo, las personas que se encuentren en esos lugares pasada esa hora, podrán permanecer ahí hasta culminar sus gestiones o compras.
El #MSPAS publica en el Diario Oficial el Acuerdo Ministerial No. 08-2021, el cual reforma al Acuerdo Ministerial 07-2021 del 20 de enero 2021, donde establece las disposiciones obligatorias para la contención de #COVID19
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— Ministerio de Salud Pública (@MinSaludGuate) January 26, 2021
Horario de mercados
En cuanto a los mercados municipales, cantonales y satelitales, la norma refiere que funcionarán de 5:00 a 17:00 horas.
Las autoridades municipales serán las encargadas de velar porque en esos centros se respeten los protocolos de bioseguridad y se cumpla con el aforo correspondiente.
Así lo manifestó Flores durante una conferencia de prensa ofrecida el lunes, en la cual adelantó el nuevo horario para estos recintos.
“Las municipalidades van a estar cerca de todo este proceso y con ellos se va a trabajar hasta las 5 de la tarde”, señaló.
Bares y centros nocturnos
En el acuerdo también se reitera que los centros nocturnos, bares y similares tendrán que culminar sus actividades a las 21:00 horas. Esto aplica también para los restaurantes que funcionan fuera de centros comerciales.
Las autoridades reiteran, además, la prohibición de velatorios y entierros masivos. También están restringida la celebración de ferias titulares, patronales, comunales o de otra índole.
Asimismo, recuerdan que se debe respetar el aforo correspondiente en lugares turísticos, buses de transporte colectivos y centros de trabajo.
Esto, de acuerdo con la alerta sanitaria vigente en cada jurisdicción.
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