Ciudad de Guatemala, 29 ene (AGN).— Acompañado de su gabinete de gobierno, el presidente de la República, Bernardo Arévalo manifestó en conferencia de prensa que la asistencia de fiscal general, Consuelo Porras, y posterior retiro de la reunión de gabinete, evidenció su falta de voluntad para cumplir con la ley. Por ello, expresó que su gobierno analiza las acciones que se tomarán.
La reunión de gabinete se llevó a cabo este lunes en la Casa Presidencial. El mandatario explicó que en ningún caso trató de discutir ni siquiera pedir información sobre casos específicos. Esto de conformidad con los artículos 134-183 literal n y 251 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
El artículo 134 señala: Descentralización y autonomía. El municipio y las entidades autónomas y descentralizadas, actúan por delegación del Estado.
Asimismo, el inciso b señala que estas deben Mantener estrecha coordinación con el órgano de planificación del Estado.
En cuanto al artículo 251, este establece: El Ministerio Público es una institución auxiliar de la administración pública y de los tribunales con funciones autónomas, cuyos fines principales son velar por el estricto cumplimiento de las leyes del país. Su organización y funcionamiento se regirá por su ley orgánica.
Además, el mandatario explicó:
El objeto de la invitación era establecer una coordinación interinstitucional sobre aspectos de interés para el Gobierno de la República.
#EnDirecto | Conferencia de prensa del presidente @BArevalodeLeon acompañado del Gabinete de Gobierno. https://t.co/4Rfkn5q8Bx
— Gobierno Guatemala (@GuatemalaGob) January 29, 2024
La solicitud
El Presidente solicitó a la fiscal información sobre las políticas que el Ministerio Público (MP) sigue, para ajustarlas a las políticas del Gobierno.
La señora fiscal general estaba perfectamente enterada del objeto de la invitación, en virtud de la recepción de los oficios por el MP del 19 y 24 de enero del presente año. Se enviaron de acuerdo con la ley del MP, la cual obliga a la señora fiscal a asistir y participar en las reuniones de gabinete, con voz, pero sin voto.
Argumentos no aplicables
También explicó que la fiscal general, luego de argumentar por qué no podía quedarse en la reunión, comunicó su decisión de retirarse. Con ello, la funcionaria se negó a cumplir con su obligación legal establecida en el artículo 4 de la Ley Orgánica del MP.
El gobernante citó dicho artículo:
El Presidente de la República podrá invitar al fiscal general para que participe en cualquier junta de gabinete o de los ministros de Estado. En este supuesto, el fiscal general estará obligado a concurrir a la junta con voz, pero sin voto.
Asimismo, puntualizó que los argumentos de la fiscal general son simplemente no aplicables y solo evidencian la falta de voluntad para cumplir con lo establecido en la Ley.
El Presidente concluyó que el Gobierno de la República estará examinando lo ocurrido dentro de las próximas horas, para determinar las acciones legales que proceden.
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