Ciudad de Guatemala, 18 jul. (AGN).- El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) informa sobre autoridades competentes de acuerdo con la ley de protección y bienestar animal en el país.
Las autoridades podrán rescatar y retener preventivamente en forma inmediata a cualquier animal que sea víctima de maltrato o crueldad.
Esto, en términos de las disposiciones legales, cuando se verifique el delito en flagrancia.
Dentro de las autoridades competentes se encuentran:
- Policía Nacional Civil
- Autoridades municipales
Rescate
Al momento de rescatar al animal, se entrega en custodia temporal a la Unidad de Bienestar Animal o municipalidad que corresponda.
De la misma manera, las municipalidades entregarán la custodia temporal a las asociaciones debidamente registradas ante la Unidad de Bienestar Animal.
Las asociaciones protectoras de animales registradas ante la Unidad colaboran en los programas de bienestar animal para alcanzar los fines de la Ley.
Además, cumplen con apoyar a las autoridades en la custodia temporal de los animales que estén sufriendo por maltrato de sus dueños.
Cómo hacer la denuncia
La denuncia es el medio por el cual la Unidad de Bienestar Animal actúa para la inspección de denuncias por maltrato animal y se puede hacer en los siguientes lugares:
- Unidad de Bienestar Animal
- Municipalidades
- Policía Nacional Civil
- Sedes departamentales del MAGA
El primer paso es descargar el formulario de denuncia en la pagina web www.maga.gob.gt/sitios/uba/denuncia/ e imprimirlo.
Posteriormente, llenar el formulario con los datos que solicitan, a mano o en computadora.
Algunos datos solicitados son:
- dirección del inmueble
- especie de animal afectado
- tipo de lesiones o maltrato que se le provoca al animal
- nombre del propietario o responsables, si es posible
- algunos medios probatorios como fotos, videos, audios y documento para sustentar la denuncia
- adjuntar copia de DPI
Es de mencionar que al momento de colocar la denuncia, se pueden dejar los datos bajo garantía de confidencialidad. Los datos serán protegidos para tranquilidad de quien interpone la denuncia.
🐶🐱¿Sabes quiénes son las autoridades competentes para rescatar animales víctimas de las conductas de maltrato o crueldad? Acá te lo explicamos.👇 pic.twitter.com/uO8aY0rNN3
— MAGA Guatemala (@MagaGuatemala) July 16, 2023
Tipos de infracciones
Según lo establecido en los artículos 60, 61 y 62 de la Ley de Protección y Bienestar Animal, las infracciones son las siguientes:
Las infracciones graves, la sanción es de 4 salario mínimos, en esta se puede mencionar la venta de animales de compañía en sitios públicos, entre otras más.
Asimismo, las infracciones muy graves, la sanción es de 8 salarios mínimos, en ella se puede mencionar el causar cualquier daño a los animales por medio de cualquier acto de crueldad, entre otras más.
Por último, la infracción gravísima, la sanción es de 12 salarios mínimos, en esta se puede mencionar el comercio de especies de compañía para el consumo humano, entre otras más.
Cobros
De acuerdo con el Artículo 64 de la Ley de Protección y Bienestar Animal, la Unidad de Bienestar Animal es la única entidad responsables de imponer y cobrar las sanciones por infracción a dicha Ley.
La Unidad de Bienestar Animal pone a disposición los teléfonos 2413-7070 y 2413-7299 para dudas o comentarios; además, su correo electrónico [email protected]
Además, se encuentra ubicada en la 7a. avenida 13-21, zona 9 capitalina.