Ciudad de Guatemala, 24 dic. (AGN).— El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) ha anunciado medidas restrictivas para la circulación del transporte de carga durante las celebraciones navideñas y de fin de año.
El Acuerdo Ministerial No. 1146-2023, publicado en el diario oficial, establece que las restricciones estarán vigentes los días 24 y 25 de diciembre, así como el 31 de diciembre de 2023 y el 1 de enero de 2024.
Horarios de restricción
La restricción comienza hoy, 24 de diciembre, a las 12:00 horas, prolongándose hasta las 24:00 horas del 25 de diciembre. Además, habrá limitaciones desde las 12:00 horas del 31 de diciembre hasta las 24:00 horas del 1 de enero de 2024.
Asimismo, la medida no afectará el transporte de productos perecederos, eximiéndolos de la necesidad de obtener permisos especiales para circular durante estos períodos festivos.
El artículo 2 del acuerdo detalla las rutas y tramos permitidos para el transporte de carga durante los días señalados. Esto incluye la circulación desde el kilómetro 290 de la carretera CA-09-Norte hasta las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y las del puerto Santo Tomás de Castilla.
Adicionalmente, se autoriza la circulación desde el kilómetro 80 de la carretera CA-09-Sur hasta las instalaciones del puerto Quetzal, ubicadas en el kilómetro 104 de esa ruta.
Sanciones por incumplimiento
El artículo 3 del acuerdo subraya que cualquier violación a estas disposiciones será sancionada de acuerdo con las leyes vigentes. Estas sanciones se aplicarán mediante controles en carreteras y otros medios legales establecidos con este propósito.
Ante estas restricciones, es crucial que los transportistas planifiquen sus rutas con anticipación y se apeguen a las disposiciones establecidas para garantizar un tránsito seguro y cumplir con las regulaciones gubernamentales durante las festividades.
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