Izabal, 22 sep (AGN). – Durante la solemne actividad, se rindió homenaje a los hombres y mujeres que, con disciplina y patriotismo, integran las Reservas Militares en Izabal, destacando su valioso aporte en la defensa de la soberanía nacional y, al mismo tiempo, su papel activo en el ámbito social.
El gobernador departamental expresó: Las Reservas Militares representan un pilar fundamental en la historia y en la vida de nuestra nación. Son ejemplo de compromiso, entrega y amor por Guatemala. No solo contribuyen a la defensa de la patria, sino también apoyan en tareas de protección del medio ambiente, acciones de rescate y labores humanitarias que benefician directamente a nuestra población. Desde la Gobernación Departamental de Izabal reiteramos nuestro reconocimiento y respaldo a la noble labor que desempeñan en beneficio del pueblo.
Asimismo, subrayó que la unión entre las instituciones del Estado, las Reservas Militares y la ciudadanía es clave para construir una Guatemala más fuerte, solidaria y comprometida con el bienestar común.
El acto concluyó con muestras de respeto y admiración hacia quienes forman parte de esta institución, que durante 71 años ha sido símbolo de disciplina, servicio, lealtad y compromiso con la patria y con la sociedad.
Historia y organización
Las Reservas Militares fueron creadas el 10 de septiembre de 1954 mediante el Decreto Presidencial No. 79-54. Desde entonces, han evolucionado hasta convertirse en la Comandancia de Reservas Militares de la República, con presencia en los 22 departamentos del país, además de unidades especializadas en el ámbito naval y aéreo.
Clasificación de las Reservas Militares
Según la Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala, las Reservas se dividen en tres categorías:
- Reserva Disponible (18-35 años)
Ciudadanos que hayan recibido o estén recibiendo entrenamiento militar.
- Reserva Movilizable (35-65 años)
Personas que prestaron servicio militar obligatorio o finalizaron su entrenamiento en Reservas Militares.
- Reserva Territorial (18-65 años)
Ciudadanos que no han prestado servicio militar pero pueden ser convocados en caso de necesidad.
- El Servicio Cívico Militar
De acuerdo con la Ley de Servicio Cívico (Decreto 20-2003) y su Reglamento (Acuerdo Gubernativo 345-2010), los ciudadanos pueden prestar servicio cívico militar como una forma de preparación para la defensa de la soberanía, la paz y la seguridad del país.
Por Ariel Morales/Gobernación Departamental de Izabal
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