Ciudad de Guatemala, 22 ene (AGN).- A partir del 1 de febrero próximo, los profesionales interesados en optar a magistrado titular y suplente de la Corte de Constitucionalidad (CC) por el Congreso de la República podrán presentar su expediente en ese organismo.
Este viernes se publicó en el diario oficial la convocatoria respectiva, contenida en el Acuerdo Número 3-2021 del Legislativo.
Según lo establecido, la recepción de expedientes estará abierta hasta el 19 de febrero. Vencido el plazo, la Dirección Legislativa tendrá que enviar a la Junta Directiva del Parlamento el listado de los aspirantes.
Posteriormente, se enviará una copia del expediente de cada uno a los diputados, con el fin de que evalúen su perfil.
La designación del magistrado titular y suplente lo hace el pleno de legisladores mediante votación. Se prevé que esto ocurra 30 días antes de que termine el mandato de los actuales integrantes de la CC.
Los togados deben dejar su cargo el 14 de abril próximo, por lo que la elección en el Congreso tendría que darse en marzo.
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Integración de la Corte de Constitucionalidad
La Constitución Política de la República de Guatemala establece que la CC debe ser integrada por cinco magistrados titulares y cinco suplentes, cuyas funciones durarán cinco años.
A diferencia de otras entidades, para la conformación de este tribunal no se precisa de una comisión de postulación que elija a los candidatos más idóneos.
De acuerdo con el artículo 269 de la Carta Magna, los magistrados son designados por estas instancias:
- Corte Suprema de Justicia
- Congreso de la República
- Presidente de la República en consejo de ministros
- Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos
- Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala
De esta cuenta, estas entidades deberán también en los próximos días realizar los procesos correspondientes para designar a un titular y un suplente para la CC.
Quiénes pueden ser magistrados
La Constitución Política también establece los requisitos que deben cumplir las personas que deseen conformar el tribunal constitucional.
En el artículo 270 de la máxima ley del país se enlistan los siguientes aspectos:
- ser guatemalteco de origen
- ser abogado colegiado
- gozar de reconocida honorabilidad
- tener por lo menos 15 años de graduación profesional
Tales requerimientos también se contemplan en la Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucionalidad.
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AGN kg/dm