Ciudad de Guatemala, 18 ago (AGN).- El Gobierno de Guatemala, por medio del Ministerio de Economía (Mineco) emitió este lunes el Reglamento del Fondo de Innovación Tecnológica (FIT) con el objetivo de establecer los requisitos y condiciones para la implementación y administración de este.
El reglamento se encuentra contenido en el Acuerdo Ministerial Número 476-2025, el cual se publicó este día en el Diario de Centro América, y entrará en vigor el martes 19, al día siguiente de su publicación.
El FIT se creó por medio del Artículo 131 del Decreto No. 36-2025 del Congreso de la República, Ley del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado, para el ejercicio fiscal 2025.
Asimismo, el objetivo del FIT es promover la innovación y transición tecnológica por medio de créditos productivos por medio de sistemas y equipos que propicie la mejora de procesos que aumenten la calidad y la producción para aumentar la rentabilidad de la economía nacional.
Además, detalla el acuerdo que el FIT es un fondo revolvente de carácter público destinado a personas individuales o jurídicas que presenten proyectos productivos de innovación tecnológica que tengan su evaluación correspondiente.
Destino y montos
También señala el acuerdo que el Fondo se financiará por medio de créditos que otorgará el banco Crédito Hipotecario Nacional a una tasa preferencial no mayor que el promedio de la tasa pasiva del sistema bancario nacional.
Además, está dirigido a micro, pequeñas, medianas y grandes empresas, así como asociaciones y cooperativas de transformación productiva o industrial.
Igualmente, está dirigido a las micro, pequeñas y medianas empresas para la innovación tecnológica a fin de mejorar la producción de alimentos, bebidas, textiles, artículos de piel, muebles, fabricación de papel o artículos de este, sustancias químicas, productos farmacéuticos, químicos y botánicos de uso farmacéutico.
También para la fabricación de productos de caucho y plástico, productos minerales no metálicos, productos de metal excepto maquinaria y equipo. Además, para la fabricación de productos electrónicos de informática y de óptica, así como equipo eléctrico entre otros.
En cuanto al moto de los créditos, estos tendrán un monto mínimo de 20 mil quetzales, y un máximo de acuerdo con el tamaño de las empresas:
- Microempresa, hasta 200 mil quetzales
- Pequeña empresa, hasta 2 millones de quetzales
- Mediana empresa, hasta 5 millones de quetzales
- Gran empresa, hasta 10 millones de quetzales
- Cooperativas y asociaciones, hasta 50 millones de quetzales
Asimismo, el reglamento establece que los recursos provenientes del FIT deberán destinarse exclusivamente a los fines que se establecen en este, y se prohíbe su utilización para objetivos distintos a estos.
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