Ciudad de Guatemala, 26 ago (AGN).- El Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab) abrió una convocatoria para que las empresas obtengan su constancia de buenas prácticas laborales (BPL). El espacio está disponible del 15 al 31 de agosto.
La convocatoria está dirigida a los empleadores para que puedan registrarse y obtener este documento que los acredita como cumplidores de la ley laboral.
Este es un procedimiento gratuito y voluntario por medio del cual se verifica que el empleador cumple con las obligaciones documentales establecidas en el Código de Trabajo, además de promover la cultura de cumplimiento y formalidad laborales.
Quienes quieran inscribirse para obtener la constancia pueden hacerlo por medio de la plataforma habilitada por el Mintrab https://bpl.mintrabajo.gob.gt/login.
✅ La constancia de Buenas Prácticas Laborales (BPL) está dirigida a empleadores, quienes pueden registrarse del 15 al 31 de agosto.
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— MINTRAB (@MINTRABAJOGuate) August 24, 2024
Acuerdo ministerial
Por medio del Acuerdo Ministerial 64-2021 el Ministerio de Trabajo y Previsión Social se dio origen a la creación de una plataforma electrónica con la finalidad de establecer el procedimiento de emisión de la constancia de buenas prácticas laborales y cumplimiento de normativa laboral vigente por parte de los empleadores en cada centro de trabajo.
De esa cuenta, el acuerdo contempla que el empleador debe seguir el procedimiento correspondiente para que le sea otorgada la constancia.
Lo primero es estar atentos a la convocatoria del Mintrab, esta tendría que ser en los últimos 15 días de los meses de abril y agosto de cada año.
Posteriormente, la solicitud debe presentarse de manera electrónica en la plataforma habilitada por la cartera de trabajo.
Cumplimiento de normas y requisitos
Al completar el paso, se debe cumplir con las cláusulas requeridas en la plataforma y adjuntar documentos obreros patronales en PDF.
Los requisitos son:
- Plan de Prevención de Brotes de COVID-19, debidamente aprobado por el Departamento de Salud y Seguridad Ocupacional de este ministerio o de la Sección de Seguridad e Higiene del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.
- Contratos individuales de trabajo de cada trabajador, debidamente registrados por la Dirección General de Trabajo.
- Reglamento Interno de Trabajo debidamente aprobado por la Inspección General de Trabajo, cuando tengan 10 trabajadores o más en el centro de trabajo.
- Constancia de Informe del año en curso del empleador del año en curso, extendido por la Dirección de Estadísticas Laborales de este ministerio.
- Constancia de autorización del Libro de Salarios y los folios correspondientes extendida por la Dirección General de Trabajo, cuando tengan 10 o más trabajadores en el centro de trabajo.
- Solvencia de Faltas de Trabajo y Previsión Social extendida por el Registro de Faltas Trabajo y Previsión Social, extendida dentro del mes anterior a la presentación de la solicitud.
- Copia de la última planilla reportada y pagada ante el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.
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