Ciudad de Guatemala, 13 ago (AGN).- El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) reforzó sus acciones de vigilancia para garantizar el cumplimiento del Decreto 74-2008, Ley de Creación de los Ambientes Libres de Humo de Tabaco, vigente desde hace más de 15 años en el país.
Como reflejo de estos esfuerzos, entre el 3 y el 19 de julio, el MSPAS llevó a cabo inspecciones en 83 establecimientos de la Ciudad de Guatemala, Escuintla, Chiquimula y Alta Verapaz.
Durante las inspecciones se detectaron personas fumando en siete establecimientos y se constató que únicamente cinco contaban con la señalización exigida por el decreto mencionado anteriormente.
Como resultado, se impusieron sanciones que ascienden a un millón de quetzales, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la ley.
Desde el 4 de abril de 2025, está 𝗽𝗿𝗼𝗵𝗶𝗯𝗶𝗱𝗼 usar cigarros electrónicos o vapeadores, tabaco calentado en hospitales, centros de salud y todas las instalaciones del Ministerio de Salud de Guatemala.🚭🏥
✅🛡️El acuerdo ministerial 96-2025 busca proteger a empleados,… pic.twitter.com/gSOPmVBR0B
— Ministerio de Salud Pública (@MinSaludGuate) May 21, 2025
Protección a la salud y prevención de enfermedades
Asimismo, la ley prohíbe fumar en cualquier espacio cerrado de uso colectivo, incluyendo restaurantes, bares, oficinas, hospitales oficinas, entre otros recintos compartidos.
El reglamento, impuesto mediante el Acuerdo Gubernativo 137-2009 indica que los establecimientos deben colocar rótulos visibles y no permitir áreas para fumadores.
El Ministerio de Salud anunció que como parte del fortalecimiento del plan de vigilancia, las 29 direcciones de Redes Integradas de Servicios de Salud (DRISS) se sumarán a las labores de promoción, supervisión y cumplimiento de la ley.
Con ello se busca no solo sancionar, sino también generar conciencia en la población sobre la importancia de preferir establecimientos que cumplan con la normativa y exigir que no se fume en espacios cerrados.
Consecuencias del consumo directo e indirecto del tabaco
Las medidas buscan proteger a la población de los efectos nocivos del humo de segunda mano, es decir, el humo que exhala el fumador y el que se desprende de la punta del cigarrillo, pipa o puro.
Este, según la Sociedad Americana contra el Cáncer (ACS), contiene niveles de nicotina altos y agentes cancerígenos que afectan a la persona, aunque no fume directamente.
Además, de acuerdo con la Organización Panamericana de la Salud (OPS), la mitad de las personas que fuman tienen altas probabilidades de fallecer de enfermedades a causa del tabaco.
En tanto que los no fumadores que reciben humo de segunda mano constantemente pueden adquirir enfermedades como cáncer de pulmón, problemas cardíacos y afecciones respiratorias graves, incluso sin nunca haber fumado.
Respirar aire libre de humo de tabaco es un derecho colectivo y su cumplimiento contribuye a prevenir enfermedades crónicas evitables, salvaguardando la salud de toda la población.
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