Ciudad de Guatemala, 24 jun (AGN).– Una nueva sentencia, otorgada por el Juzgado Quinto Pluripersonal de Trabajo y Previsión Social, confirmó que la convocatoria a asamblea permanente vulnera el derecho a la educación.
Además, la resolución ordena al Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (STEG) y a sus dirigentes seccionales dejar sin efecto la convocatoria y notificarlo por escrito a todas las direcciones de escuelas públicas.
Las notificaciones deben entregarse en un plazo de 48 horas a partir de la notificación judicial y remitirse en copia al expediente del amparo.
Igualmente, advierte que de no cumplirse con lo manifestado en el tiempo indicado, se certificará al Ministerio Público por desobediencia e impondrá multas de hasta 4 mil quetzales a cada integrante de la dirigencia sindical, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales.
La resolución también reconoce el derecho sindical de celebrar asambleas, hasta un máximo de dos por año, siempre que no impidan el acceso a la educación ni interrumpa el servicio público.
Sentencia firme: Juzgado declara con lugar el amparo presentado por la @PGNGuatemala y ordenó al STEG levantar la “asamblea permanente” y restablecer por completo las clases en un plazo máximo de 48 horas.
🔎 Mineduc coordinará con las Direcciones Departamentales para verificar… pic.twitter.com/x6OsrH9Pge
— Mineduc Guatemala (@MineducGT) June 24, 2025
Direcciones departamentales verificarán cumplimiento
Ante esto, el Ministerio de Educación (Mineduc) indicó que coordinarán con las direcciones departamentales de Educación la verificación del restablecimiento de las actividades escolares en todo el país tras el receso de vacaciones de mitad de año.
Además, instan a la comunidad educativa a permanecer atenta y ante cualquier intento de prolongar la suspensión, denunciar de inmediato al teléfono 1503 o en el sitio web www.mineduc.gob.gt.
El Mineduc reafirma que la prioridad nacional sigue siendo garantizar la continuidad del aprendizaje sin obstáculos, conforme a los principios constitucionales y legales que protegen el derecho a la educación.
En contexto:
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