Ciudad de Guatemala, 15 oct. (AGN).- La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) advirtió que 215 mil 131 afiliaciones al Régimen del Impuesto al Valor Agregado (IVA) podrían ser suspendidas por incumplimientos tributarios, específicamente por omiso sustantivo, que se refiere a que los contribuyentes no presentaron su declaración del IVA o lo hicieron de manera incorrecta al evadir el pago real correspondiente.
El omiso sustantivo tiene respaldo en el artículo 120 del Código Tributario, fragmento legal que se refiere a quienes no cumplieron con el pago debido por el IVA. Por tanto, la SAT instó a los contribuyentes a cumplir a cabalidad con las obligaciones tributarias.
Sobre este aspecto, el superintendente de la SAT, Marco Livio Díaz, indicó:
No podemos seguir permitiendo que las compañías o las empresas se queden con el IVA que han pagado los guatemaltecos en todos los artículos que adquieren.
Como parte de los omisos sustantivos se encontraron seis escenarios, y de los primeros tres se registran ventas por 3 mil 258 millones 457 mil 67 quetzales.
No tiene ingresos y no presenta declaración
Díaz advirtió que muchas compañías están ahí como en resguardo para hacer operaciones fraudulentas, lo que detectan cuando no tiene ingresos hasta cierto momento. Sin embargo, recalcó que cada empresa debe presentar mensualmente la declaración del IVA o se arriesgará a la suspensión ante el régimen del IVA. Asimismo, indicó que los contribuyentes con mora por no tener contador u otro problema llegan a ser deshabilitados.
En este rubro se encuentran 184 mil 226 empresas de las regionales central, occidente, nororiente y sur, según reveló.
Tiene ingresos y no presenta declaración
El segundo escenario contempla a infractores con la facturación electrónica, ya que sí tienen ventas, pero no presentan declaración de los impuestos percibidos. Por lo tanto, el superintendente advirtió que la SAT sabe cuánto se factura.
En total, 694 contribuyentes de las mismas regionales incurrieron en esta falta. Según la SAT, estos tuvieron ventas por 320 millones 625 mil 662 quetzales.
Tiene ingresos y presenta declaración a cero
En el tercer escenario, afirmó que estos contribuyentes para que no se les deshabilitara, habían tomado la opción de declarar a cero. Sin embargo, al igual que con el caso anterior, dijo que la SAT sabe cuánto están facturando en realidad.
Con este omiso sustantivo se encontraron 30 mil 211 contribuyentes tratando de engañar a la superintendencia, entre los cuales se incluye a cuatro empresas especiales medianas y dos especiales grandes. Según la facturación acumulada de estos, se reportaron a cero las declaraciones del IVA sobre ventas totales de 2 mil 937 millones 831 mil 405 quetzales. Este grupo tiene el mayor monto de ventas con incongruencias.
Tiene ingresos y presenta declaración con ingresos parcialmente
En cuanto a la cuarta forma, dijo que se trata de contribuyentes que no declaran todos los ingresos que muestra la facturación electrónica.
Factura y presenta compras sin sustancia económica
El superintendente advirtió en la quinta modalidad que la SAT ya tiene de conocimiento la existencia de compañías fraudulentas como en el caso B410, que se han inscrito con documentación falsa o que no son localizadas y tampoco tienen compras.
Declaró compras mayores que las compras que aparecen en la facturación electrónica
Para el sexto formato, mencionó que hay contribuyentes que, con tal de no pagar el IVA, inventan compras, por lo que serán llamados para que aclaren su situación.
➡️ #AHORA De acuerdo con el Intendente de Recaudación, Erick Echeverría, es fundamental que los contribuyentes actualicen sus datos y cumplan correctamente con sus obligaciones tributarias. pic.twitter.com/updIhC5Jeu
— SAT Guatemala (@SATGT) October 15, 2024
Respuesta de la SAT
La SAT procederá a avisar, por medio de la Agencia Virtual, a los contribuyentes con omiso sustantivo al primer mes de su incumplimiento. Al cumplirse el segundo mes sin que el contribuyente solvente el omiso, se le notificará, también en la Agencia Virtual, que se suspenderá el NIT en el régimen del IVA si no soluciona en los primeros 10 días tras la notificación.
De no tener respuesta del contribuyente, al pasar los 10 días de gracia, se inhabilitará la afiliación del contribuyente. Con ello, estará inhabilitado para emitir facturas electrónicas; para actualizar su RTU tendrá nuevas limitaciones, como suspensión de algunos campos como cambio de domicilio; tampoco tendrá acceso a solvencia fiscal, ni podrá reportar cese de actividades, durante la suspensión. Al solventar el omiso, podrá retomar sus actividades al día siguiente.
Los 215 mil 131 contribuyentes detectados en esta ocasión podrían sumarse a los 633 mil 146 contribuyentes suspendidos por incurrir en los primeros dos escenarios, desde el último trimestre del 2023 a la fecha, de estos últimos, aproximadamente, 100 mil regularizaron su situación con los canales respectivos de la SAT y 533 mil permanecen en el omiso.
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dc/dm