Ciudad de Guatemala, 14 dic (AGN).– El Gobierno de Guatemala decretó estado de prevención en los municipios de Nahualá y Santa Catarina Ixtahuacán, en el departamento de Sololá, por un período de 15 días, con el objetivo de restablecer el orden público, prevenir la escalada de violencia y garantizar la protección de la población.
La medida fue adoptada tras registrarse hechos violentos perpetrados por grupos armados contra el destacamento del Ejército de Guatemala en la zona, acciones que atentaron contra la seguridad, la libre locomoción y la paz social, según el presidente Bernardo Arévalo, quien encabezó una conferencia de prensa la mañana de este domingo 14 de diciembre.
Añadió que estos hechos incluyeron bloqueos en la ruta Interamericana, entre otras acciones utilizadas como parte de una estrategia criminal para forzar el retiro de las fuerzas de seguridad y así operar criminalmente con mayor libertad, presentando las acciones violentas como un supuesto rechazo de la población, aprovechando un territorio que históricamente ha enfrentado un conflicto limítrofe.
Principales implicaciones del estado de prevención
Durante la vigencia del estado de prevención, las autoridades podrán aplicar medidas extraordinarias, siempre dentro del marco constitucional y de respeto a los derechos humanos, entre las que destacan:
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Limitación de reuniones y manifestaciones públicas, especialmente aquellas que puedan alterar el orden o poner en riesgo a la población.
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Disolución de reuniones o manifestaciones que se realicen sin autorización o en las que se porten armas o se ejerza violencia.
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Restricción al derecho de portación de armas, así como de objetos que puedan ser utilizados para cometer actos violentos.
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Controles a la circulación de personas y vehículos, incluyendo registros y limitaciones en lugares, zonas u horarios determinados.
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Intervención de las fuerzas de seguridad para prevenir actos violentos y garantizar la protección de la vida, la integridad y los bienes de la población.
Respeto a los derechos fundamentales
El decreto establece que estas medidas no pueden ser discriminatorias ni afectar el ejercicio de garantías judiciales, y deben aplicarse únicamente por el tiempo y en la medida estrictamente necesarios, conforme a la Constitución y a los tratados internacionales en materia de derechos humanos.
Asimismo, se instruye a todas las entidades del Organismo Ejecutivo a coordinar acciones con autoridades municipales y departamentales, y a rendir informes sobre las medidas implementadas una vez finalizado el plazo del estado de prevención.
El decreto entra en vigencia inmediata y deberá publicarse en el Diario de Centro América.













