Ciudad de Guatemala, 10 jun (AGN).- La titular del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN), Patricia Orantes, compartió que tras haber finalizado la primera ronda de construcción de ley de aguas dará inicio la segunda ronda de trabajo, con un enfoque participativo que incorpora comunidades rurales, pueblos indígenas, autoridades municipales, el sector privado y organizaciones urbanas.
Esta nueva etapa se desarrollará entre finales de junio y julio, y busca recoger propuestas concretas para integrar un documento estratégico que servirá como base de la iniciativa que el presidente Bernardo Arévalo presentará al Congreso de la República.
Para en agosto integrar todos estos insumos en un documento de contenidos estratégicos de la ley que se someterá a una tercera y última ronda de validación, esta vez por medios digitales, para pasar a ser la materia prima principal de la iniciativa de ley.
Durante la primera ronda de encuentros, el MARN logró identificar amplias coincidencias entre sectores diversos.
Uno de los consensos más destacados fue la necesidad de que la ley reconozca y valore los modelos comunitarios e indígenas de conservación y gestión colectiva del agua.
Según datos del Ministerio de Salud de 2023, el 75 % de los sistemas de agua en el país son autogestionados por las comunidades, principalmente indígenas, que además conservan los bosques, instalan tuberías y acuerdan la distribución equitativa del agua entre familias, sin apoyo estatal o municipal directo.
Conoce estos dos importantes botones visitando nuestro sitio web 🔗 https://t.co/Uyu8tV7KWA pic.twitter.com/LlntgJSKyq
— Ministerio Ambiente y Recursos Naturales (@marnguate) June 9, 2025
Marco constitucional para la Ley
Para cerrar esta etapa de diálogo, el MARN recordó que el marco constitucional establece principios claros sobre la gestión del agua.
El artículo 127 de la Constitución define que todas las aguas del país son de dominio público y que su aprovechamiento debe responder al interés social mediante una ley específica.
Por su parte, el artículo 128 refuerza que los recursos hídricos deben servir a la comunidad y no a intereses particulares, además de exigir la reforestación de las orillas de ríos y la habilitación de vías de acceso a cuerpos de agua.
Lea también:
Abordan el proyecto de remodelación del área de emergencia del Hospital Regional de Cuilapa
ca/dc/dm