Ciudad de Guatemala, 24 jun (AGN).- El presidente de la República, Bernardo Arévalo, hizo público este día el nombramiento del Director Titular y Director Suplente para integración del primer directorio de la Superintendencia de Competencia del país.
El Acuerdo Gubernativo Número 108-2025 de la Presidencia de la República fue publicado este martes 24 de junio de 2025 en el Diario de Centro América.
En Consejo de Ministros, y luego de informarlo en La Ronda de este 23 de junio, el mandatario nombró en Consejo de Ministros a Javier Enrique Bauer Herbruger como Director Titular para integrar el Primer Directorio de la Superintendencia de Competencia, con lo establecido en la Ley de Competencia.
Asimismo, también nombró a Luis Guillermo Velásquez Pérez como Director Suplente, para integrar el Primer Directorio de la Superintendencia de Competencia, con lo establecido en la ley respectiva.
Lo anterior, en cumplimiento del plazo establecido en la ley mencionada, y como parte de las obligaciones del Estado de proteger a los consumidores de abusos en el mercado. También se garantiza así la libertad de compra y venta, como elemento fundamental del intercambio.
Este acuerdo entra en vigencia de forma inmediata y deberá publicarse en el diario oficial.
#Comunicado | El presidente @BArevalodeLeon designa a Director Titular y Suplente ante el Directorio de la Superintendencia de Competencia: pic.twitter.com/dgsbksfSY3
— Gobierno Guatemala (@GuatemalaGob) June 23, 2025
Sobre la Ley de Competencia
El 20 de noviembre de 2024 se aprobó la Ley de Competencia. El 21 de noviembre, el mandatario aseguró que esta herramienta legal va a impedir que haya actores económicos que, de manera injusta y de manera abusiva, se aprovechen del mercado para subir los precios y expulsar a otros actores económicos de manera que no haya una verdadera competencia.
Enfatizó que dicha norma beneficia al consumidor dado que existe competencia real, con mejor calidad, mejor servicio y menor precio.
El Estado tenía pendiente esta normativa este deber desde hace décadas, ya que el artículo 130 de la Constitución Política de la República de Guatemala, aprobada en 1985, estipula la prohibición de monopolios y privilegios.
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