Ciudad de Guatemala, 20 feb. (AGN).- El pasado martes 18 de febrero, el Congreso de la República aprobó la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Niñas, Niños y Adolescentes en el Sistema Penitenciario y como continuación a esto se trabajarán reformas a las leyes referentes a la protección de la niñez y adolescencia, además de la creación del delito de ingreso ilegal de menores a las cárceles.
#EnElPaísDCA | Danissa Ramírez, titular de la @secretariasvet informó que la ley representa un aspecto crucial como la creación de un delito penal que sanciona a quienes faciliten el ingreso irregular de menores en los centros de detención.
“Este tipo penal, que establece penas… pic.twitter.com/wQ65vjKq6s
— Diario de Centro América (@DiariodeCA) February 20, 2025
Reformas que realiza el Decreto 3-2025
En un trabajo en conjunto de los diputados del Congreso, Vicepresidencia de la República y organizaciones de sociedad civil, el Decreto 3-2025 promueve la reforma a decretos de la Ley del Régimen Penitenciario y del Código Civil a través de los siguientes artículos:
- Artículo 1. Reforma el artículo 21 del Decreto No. 33-2006 de la Ley del Régimen Penitenciario: en este se estipula que las visitas de niños, niñas y adolescentes a centros penitenciarios deben realizarse únicamente si tienen algún parentesco comprobado con el privado de libertad.
- Artículo 2. Adiciona el artículo 21 de BIS del Decreto No. 33-2006 de la Ley del Régimen Penitenciario: establece que cuando no se reúnan las condiciones de seguridad o se demuestre parentesco, el Sistema Penitenciario prohibirá el ingreso del menor. Además, se implementarán mecanismos de visita de modalidad virtual.
- Artículo 3. Adiciona el artículo 21 TER al Decreto 33-2006 de la Ley del Régimen Penitenciario: Creación del sistema único de registro de visitas de menores en los centros de detención con la coordinación del Registro Nacional de las Personas (Renap) y la Procuraduría General de la Nación (PGN).
- Artículo 4. Adiciona el tipo penal relacionado con el ingreso ilegal de menores a centros de detención: Establece una pena de 8 a 18 años y una multa que va desde los 100 mil hasta los 500 mil quetzales a personal que permita su ingreso.
- Artículo 5. Reformas al Reglamento de la Ley del Régimen Penitenciario.
- Artículo 6. Previsiones financieras: Regula que el Ministerio de Finanzas haga las modificaciones y adecuaciones presupuestarias para que la Dirección del Sistema Penitenciario pueda implementar el registro de visitas de menores.
Estos son esfuerzos por reformar estos decretos debido a los antecedentes de casos de delitos de trata de menores en centros penitenciarios. En este sentido, la Secretaría contra la Violencia Sexual Explotación y Trata de Personas (SVET) trabaja para minimizar y erradicar estos crímenes y se congratula por la aprobación del Decreto 3-2025 y los efectos que esto tendrá en el bienestar de los niños, niñas y adolescentes.
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