Ciudad de Guatemala, 17 dic (AGN).- Durante la Ronda con medios de comunicación, el presidente Bernardo Arévalo se refirió al proceso de análisis que lleva a cabo el Ejecutivo para la definición del salario mínimo correspondiente a 2026, destacando que este es el primer año en el que se ha medido de manera técnica el impacto del aumento salarial en la economía nacional.
El mandatario explicó que, a diferencia de años anteriores, el Gobierno dio seguimiento detallado a los efectos que tuvo la decisión de aumentar el salario mínimo decretada en 2024, lo que permitió contar con información concreta para la toma de decisiones futuras.
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— Gobierno de Guatemala 🇬🇹 (@GuatemalaGob) December 17, 2025
Seguimiento técnico y datos económicos
El mandatario señaló que anteriormente no existía un monitoreo sistemático sobre cómo los ajustes al salario mínimo influían en variables clave de la economía.
Al respecto dijo:
Anteriormente no se hacía seguimiento al impacto que eso causaba dentro de la economía, al aumento o a la falta de aumento.
Según detalló, durante este año se hizo un seguimiento técnico integral que permitió evaluar el impacto del aumento salarial en indicadores como el crecimiento económico, la inflación, la generación de empleo y otros datos considerados críticos para el desempeño del país.
Este análisis, indicó, se ha convertido en el insumo fundamental para la decisión que el Ejecutivo anunciará en algunos días respecto al salario mínimo de 2026.
Sin consenso en la Comisión Tripartita
El Presidente también informó que la Comisión Tripartita del Salario Mínimo sostuvo varias sesiones de trabajo; sin embargo, no logró alcanzar un consenso.
De acuerdo con el Presidente, la falta de acuerdo se debió a posiciones extremas sobre el aumento o no del salario mínimo, lo que impidió una resolución conjunta.
Ante este escenario, la responsabilidad de definir el ajuste quedó en manos de la Presidencia de la República, tal como lo establece la normativa vigente.
La fijación del salario mínimo en Guatemala está regulada por el Código de Trabajo, que en sus artículos 103, 104 y 105 reconoce el derecho de los trabajadores a un salario mínimo, establece su revisión periódica y regula el funcionamiento de la Comisión Nacional del Salario, integrada de manera tripartita por representantes del Estado, trabajadores y empleadores.
Cuando dicha comisión no alcanza acuerdos, la normativa faculta al presidente de la República para fijar el salario mínimo mediante acuerdo gubernativo, con base en estudios técnicos y económicos, en concordancia con la Ley del Organismo Ejecutivo
Decisión basada en responsabilidad y análisis comparado
Arévalo subrayó que la decisión se tomará con base en argumentos técnicos sólidos, apoyados tanto en análisis nacionales como en comparaciones internacionales. Asimismo, aseguró que se trata de una determinación responsable y sustentada en evidencia.
Además, confirmó que el plazo legal para la publicación del acuerdo vence el 31 de diciembre, y garantizó que este será respetado, por lo que el decreto se dará a conocer en las próximas semanas.
Asimismo, el 22 de diciembre de 2024 el Presidente decretó un aumento al salario mínimo para 2025. Para las actividades agrícolas y no agrícolas, el incremento fue del 10 %, mientras que para el sector de maquila y otras actividades de exportación se estableció un ajuste del 6 %.
Este antecedente es parte del análisis que ahora, por primera vez, cuenta con una medición formal de su impacto económico.
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