Ciudad de Guatemala, 26 jul (AGN).- La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) detalló los avances para automatizar el proceso que facilita a los contribuyentes el pago del impuesto de timbres fiscales en tarifas específicas a través de agencia virtual y Declaraguate.
Para efectuar el pago del impuesto de timbres fiscales por medio de la gestión de una razón electrónica, el usuario deberá realizar la acreditación de saldo en billetera electrónica, mediante el pago del formulario SAT-7130 de Declaraguate.
El usuario deberá ingresar a la agencia virtual para gestionar la razón de pago del impuesto de timbres fiscales, explicó Marco Livio Reyes, titular de la SAT.
La herramienta servirá a notarios y a aquellos contribuyentes que deseen utilizar la nueva modalidad. Se trata de una opción adicional a la adhesión de las estampillas en los documentos afectos.
Superintendente afirma que la gestión será gratuita, 100% en la web y de fácil acceso a través de la Agencia Virtual de SAT. Este será el proceso para gestionar la Razón Electrónica de Pago de Timbres Fiscales. pic.twitter.com/8V9IS2chB5
— SAT Guatemala (@SATGT) July 26, 2022
Nuevos procesos
Con este nuevo proceso, los timbres fiscales cuentan con un código QR de única lectura y con medidas de seguridad que garantizan su certeza jurídica.
Asimismo, en la agencia virtual los notarios y contribuyentes podrán efectuar consultas posteriores con relación a las razones de pago electrónico del impuesto que hayan sido generadas a través de su usuario.
La SAT indicó que el sistema permitirá que el notario pueda delegar en terceras personas la gestión de razones electrónicas de pago del impuesto de timbres fiscales, según su conveniencia.
Díaz afirmó que esta medida se implementa como parte de las acciones para el pago en forma electrónica del impuesto de timbres fiscales y fue socializada con las diferente instituciones:
- Registro General de Adquisiciones del Estado
- Instituto Guatemalteco de Derecho Notarial
- Registro Mercantil
- Archivo General de Protocolos
- Registro de la Propiedad Intelectual
- Registro General de la Propiedad
- Consejo Nacional de Áreas Protegidas
- Contraloría General de Cuentas
- junta directiva del Colegio de Abogados
- notarios de Guatemala
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Procesos
Los notarios podrán acreditar el saldo para efectuar los pagos de tarifas específicas del impuesto de timbres fiscales. Este se se descontará como cuenta corriente al monto de las razones de pago que se generen.
Por lo anterior, deberán contar con estatus activo en SAT, pues esto permitirá generar la razón electrónica de pago del impuesto, y estar actualizados en el registro tributario unificado (RTU).
Dicho sistema reconoce y aplica el derecho a la comisión de ley que establece el Decreto Número 37-92 del Congreso. Se trata de la Ley del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos respecto de los notarios que opten por utilizar esta forma de pago.
Hemos hecho reuniones para dar a conocer el funcionamiento de la razón electrónica de pago del impuesto de timbres fiscales a varias instituciones. Les presentamos los beneficios que se tendrán con su implementación, refirió Díaz.
Además, recordó que los timbres fiscales no van a desaparecer. No obstante, lo que se busca es tener una opción más para los contribuyentes, con el fin de que puedan comprarlos las 24 horas del día y los 365 días del año.
El Superintendente Marco Livio Díaz te espera a las 9:30 horas en la conferencia de prensa sobre la "Razón Electrónica de Pago del Impuesto de Timbres Fiscales". Conéctate en Facebook Live. pic.twitter.com/NuwH1MiPl0
— SAT Guatemala (@SATGT) July 26, 2022
Gestiones a nueva modalidad
La entidad señaló que las gestiones que estarán sujetas a esta nueva modalidad de compra de timbres fiscales a través de Declaraguate y la agencia virtual son:
- auténticas efectuadas por dependencias del Estado
- índices, actas notariales y razón de registros públicos
- testimonios especiales
- patente de invención y el título correspondiente
- actas de legalización notarial de firmas o documentos
- poderes generales
- cubiertas de testamentos cerrados
- patente de invención y el título correspondiente
- promesas de compra-venta de inmuebles
- patentes de buques que se matriculen bajo bandera guatemalteca
- títulos de concesiones de explotación de bosques nacionales, minas, canteras y cualesquiera otras
- testimonio de escrituras públicas de sociedades mercantiles
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