Ciudad de Guatemala, 30 abr (AGN).- El Gobierno de Guatemala, a través del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), publicó en el diario oficial las nuevas disposiciones sanitarias para contrarrestar la pandemia del COVID-19.
“La normativa tiene como objetivo aprobar y establecer la disposiciones sanitarias para la contención del incremento de contagios del COVID-19 a nivel nacional”, se informó en el Acuerdo Ministerial 95-2021.
Estas medidas deberán cumplirse de acuerdo al tablero de regulaciones, según la alerta sanitaria de cada uno de los municipios del país, para reducir el número de contagio ante la tercera ola.
Medidas a cumplir
Entre las disposiciones emitidas se encuentran:
- Respetar el aforo en parques públicos y municipales y no permanecer después de las 19:00 horas.
- Mantener el aforo en centros turístico y acuáticos.
- Asegurar el aforo en mercados municipales, cantonales y satelitales de 5:00 a 19:00 horas.
- Funerales y entierros continúan con las restricciones de aforo.
- Transporte público colectivo urbano y extraurbano cuenta con autorización de circular.
- Templos religiosos podrán funcionar hasta las 20:00 horas.
- Los conciertos y eventos masivos de cualquier tipo en las rutas del país, playas públicas y privadas, quedan delimitadas a la autorización de las autoridades que no superen las 21:00 horas.
- Se permiten ferias comunales, de barrio y municipales que no superen las 21:00 horas.
- Los centros y plazas comerciales podrán realizar sus actividades hasta las 21:00 horas.
- Los supermercados y tiendas de conveniencia podrán desarrollar sus actividades hasta las 21:00 horas.
- Las tiendas de barrios desarrollarán actividades hasta las 20:00 horas.
- Los restaurantes deberán respetar el aforo.
- Los bares y centros de diversión nocturna deben respetar el aforo.
En todas las disposiciones es indispensable que se respete el aforo de personas, el distanciamiento social, lavado de manos o aplicación de alcohol en gel y el uso de la mascarilla.
Conozca paso a paso el registro de vacunación contra el COVID-19
Sanciones
El incumplimiento de las medidas será sancionado por el Ministerio de Salud de conformidad con lo establecido en el Código de Salud, Decreto 90-97, del Congreso de la República.
Este acuerdo ministerial comienza a regir a partir de este sábado.
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