Alta Verapaz, 21 sep (AGN).- El Congreso de la República estudia una iniciativa de ley mediante la cual se propone castigar penalmente la seducción y chantaje sexual a menores a través de medios tecnológicos.
La propuesta se presentó ante ese organismo en marzo y dos meses después fue conocida por el pleno de diputados. Posteriormente, fue remitida a la Comisión de Gobernación, la cual analiza su viabilidad.
Para discutir los detalles del proyecto, representantes de la Asociación de Amigos del Desarrollo y la Paz y la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas (SVET) se reunieron con el gobernador de Alta Verapaz, Romel Véliz.
Durante la junta se dio a conocer que se trata de la iniciativa 5898, la cual sugiere reformas al Código Penal para castigar a quienes, bajo engaños, buscan aprovecharse de niños y adolescentes en el espacio cibernético.
REUNÓN DE TRABAJO ADP Y SVET
La Asociación de Amigos del Desarrollo y la Paz -ADP- en coordinación con la Secretaría contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas -SVET-, presentaron al señor Gobernador Romel Manuel Véliz Castro la iniciativa de Ley 5898 con… pic.twitter.com/EZCm89X4sH— Gober Alta Verapaz (@GobernacionAV) September 21, 2021
Sobre la propuesta
En su artículo 1, el documento propone añadir el artículo 190 Bis al Código Penal, para tipificar el delito de seducción por medios digitales a niños, niñas y adolescentes. Las penas sugeridas para estos hechos van de seis a ocho años de prisión.
Ahí se indica que el acto ilícito lo cometería quien, utilizando cualquier ardid, engaño, argucia, presión o amenaza, contactara a un menor con la finalidad de que le envíe material con contenido sexual o pornográfico. Esto incluiría imágenes, videos, textos o audios, propios o de terceras personas.
En el segundo artículo se habla de catalogar como delito el chantaje sexual por medios tecnológicos. El objetivo es castigar con entre 6 y 12 años de cárcel a quienes amenacen a otras personas con publicar y difundir material con contenido sexual o pornográfico.
El proyecto debe ser dictaminado por la comisión legislativa para poder ser discutido por el pleno de congresistas. Ellos determinarían, por medio de votación, si la iniciativa se convierte en ley.
Por Luis López
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