Ciudad de Guatemala, 21 abr (AGN).- Conocida también como Carta Magna, la constitución política es un acuerdo de reglas de convivencia, que se traduce en un pacto político y social. Se llama así porque integra, establece, organiza y constituye las normas que rigen a la sociedad de un país.
Al ser la máxima ley de una nación, regula los derechos y obligaciones de los ciudadanos, así como la integración del Estado y las garantías de todas las personas que se encuentran dentro del territorio.
La actual Constitución Política de la República de Guatemala data de 1985, y fue redactada por una Asamblea Nacional Constituyente cuyos integrantes fueron electos por la población.
Sin embargo, esta no es la única que ha regido al país, pues, de acuerdo con la situación sociopolítica de cada época, se evolucionó en la materia.
La Biblioteca del Organismo Judicial alberga la historia de cada uno de estos documentos y sitúa como primera constitución de Guatemala la de Bayona, que data de 1808.
Esta fue instaurada por José Bonaparte, hermano de Napoleón Bonaparte, y regía España y todas las colonias de esa nación. En ese entonces, Guatemala llevaba el nombre de Capitanía General de Guatemala. El documento constaba de 146 artículos.
Cuatro años después se creó la Constitución de Cádiz, conocida también la Constitución Política de la Monarquía Española. Esta tenía 112 artículos y una declaración de derechos que se elevó a la Corte de Cádiz. En este documento se regulaba el proceso para la formulación de una ley.
Bicentenario: Palacio Nacional de la Cultura, una joya arquitectónica de Guatemala
Bases constitucionales
En 1823, dos años después de que Guatemala lograra su independencia, se sentaron las bases constitucionales para la creación de la primera constitución política del país, la cual se sancionó en diciembre de ese mismo año.
En la norma se incluyó a los Estados Federados del Centro de América y se determinó a la religión católica como exclusiva en el territorio.
Once meses después de esta se aprobó la Constitución de la República Federal de Centroamérica. En este texto se consagró el sistema republicano, representativo y federal, de tal cuenta que se fijó la elección popular de las autoridades. Asimismo, se instauró la división de poderes y se permitió nuevamente la libertad de culto.
Hasta ese entonces, ninguna constitución correspondía exclusivamente a Guatemala, pues las naciones centroamericanas conformaban una federación. Sin embargo, en octubre de 1825, se reconoce a Guatemala como un país o estado soberano, independiente y libre, a pesar de estar unidos a los demás territorios.
En esa fecha cobró vida una modificada Constitución de la República Federal de Centroamérica. Entre los derechos fundamentales que se reconocen en ella figuran la libertad de emisión del pensamiento, libertad de acción y derecho de petición.
La citada norma rigió por 26 años y en octubre de 1851 se creó el Acta Constitutiva de la República de Guatemala. Este documento fue el primero en aprobarse, tras la disolución de la Federación Centroamericana.
Es en este texto que se establece el gobierno presidencialista, con una vigencia de 4 años y posibilidad de reelección. Esta normativa rigió a la nación durante casi tres décadas.
La última del siglo
Posteriormente, en 1879, cobró vida la Ley Constitutiva de la República de Guatemala. Esta tiene como antecedente la revolución liderada por Justo Rufino Barrios.
Entre los elementos principales incluidos en ella figura el establecimiento del Estado laico y sumario. Además, contempla el derecho a la exhibición personal.
En este texto por primera vez se usa el término garantías para referirse a la libertad de industria, emisión del pensamiento, propiedad y demás derechos inherentes de los guatemaltecos.
Después de regir al país durante 42 años, esta norma también fue sustituida. Empero, pasó a la historia como la última de ese siglo.
Desde entonces, Guatemala ha contado con otras cinco constituciones, incluida la que se encuentra vigente.
Lea también:
Así ha cambiado el billete de 20 quetzales desde su creación
kg/ir