Ciudad de Guatemala, 2 may (AGN).– Con la intención de fortalecer el crecimiento del sector agropecuario, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) oficializó la aprobación de un anexo al Reglamento del Fondo de Crédito de Apoyo a los Pequeños y Medianos Productores Agrícolas, más conocido como Crédito Tob’anik. Esta medida está diseñada para extender los beneficios financieros a productores rurales que enfrentan mayores limitaciones para acceder a recursos económicos.
El Crédito Tob’anik se consolida como una herramienta clave para incentivar la producción agrícola en comunidades rurales. A través de este fondo, los pequeños y medianos productores pueden optar a financiamientos en condiciones favorables, lo que no solo fortalece su capacidad productiva, sino que también dinamiza las economías locales. El MAGA, en su rol de administrador del programa, proporciona los lineamientos necesarios para que las Entidades Financieras Intermediarias canalicen adecuadamente los fondos hacia los beneficiarios.
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— MAGA Guatemala (@MagaGuatemala) April 23, 2025
Normativa para cooperativas de ahorro y crédito
Para que las cooperativas de ahorro y crédito puedan participar como intermediarias en la asignación de recursos, deben cumplir con una serie de requisitos específicos establecidos en el reglamento. La normativa exige que las cooperativas cuenten con estatutos vigentes y estén registradas oficialmente ante el Instituto Nacional de Cooperativas (INACOP), presentando la certificación de su inscripción.
Además, se requiere la entrega de copia simple del Mandato de Cumplimiento de obligaciones ante el Instituto Nacional de Cooperativas y la presentación de los estados financieros del último ejercicio social. El representante legal de la cooperativa debe entregar una copia vigente de su Documento Personal de Identificación (DPI).
Otro requisito esencial es la presentación de un acta notarial de declaración jurada, mediante la cual la cooperativa debe garantizar que no posee deudas morosas con el Estado, ni enfrenta procesos judiciales o embargos. De igual manera, deben presentarse formularios que acrediten el cumplimiento de normativas en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.
Respecto de la cartera de créditos, las cooperativas deben entregar información detallada. Aquellas entidades con activos superiores a 50 millones de quetzales deben presentar un resumen segmentado de su cartera crediticia, especificando el destino, año de concesión, tipo de garantía, tasa de interés, plazos y niveles de mora.
Antigüedad y consolidación de operaciones
Solo podrán ser consideradas aquellas cooperativas que demuestren haber operado de manera ininterrumpida durante al menos cinco años antes de la publicación del anexo al reglamento. En el caso de las cooperativas con menos de 50 millones de en activos, deberán presentar una cartera consolidada, incluyendo información como monto original, saldo actual, destino del crédito, datos del fiador, fecha de vencimiento, tasa aplicada y tipo de garantía.
Con la actualización del reglamento y la exigencia de estos requisitos, el MAGA busca asegurar que los fondos del Crédito Tob’anik lleguen a manos de productores responsables, fomentando así el desarrollo sostenible de las comunidades rurales.
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