Ciudad de Guatemala, 25 ago (AGN).- El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) informó que todas las pruebas de laboratorio para la detección de coronavirus (COVID-19) deben contar con la respectiva inscripción sanitaria otorgada por el Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos.
A través de la inscripción se garantiza que se cumple con los requisitos establecidos para la utilización y comercialización.
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Según el MSPAS, las únicas pruebas autorizadas para el diagnóstico del virus son las pruebas de detección de ácido nucleico por PCR y las pruebas de detección de antígeno. Ambas se realizan en hisopado nasal.
Además, las pruebas para la detección de anticuerpos en sangre tienen usos específicos en el campo de la investigación clínica y epidemiológica. Estas no se utilizan para el diagnóstico de coronavirus (COVID-19), por lo tanto, su uso y comercialización no están autorizados por el MSPAS, se informó.
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Llamado
Las autoridades del MSPAS recuerdan que las pruebas deben ser realizadas o supervisadas por un profesional químico (a) biólogo (a) en laboratorios de diagnóstico clínico debidamente autorizados por el Departamento de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos.
Dada la baja sensibilidad de las pruebas de antígeno hay posibilidad de falsos negativos, por lo que los establecimientos que realicen estas pruebas deben asegurar que las muestras de los resultados negativos de pacientes con síntomas sean referidas a un laboratorio autorizado.
#NoticiasMSPAS | Laboratorio Nacional de Salud evaluará desempeño de pruebas de diagnóstico para detección de antígeno #COVID19
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— Ministerio de Salud Pública (@MinSaludGuate) August 24, 2020
Se puede econtrar más información sobre los laboratorios clínicos autorizados para realizar estas pruebas en la página www.mspas.gob.gt.
Finalmente, el MSPAS insta a la población a denunciar cualquier establecimiento que se encuentre realizando pruebas no autorizadas para el diagnóstico al correo [email protected].
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AGN. jm/km/dm