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El presidente Bernardo Arévalo declaró estado de calamidad por los incendios intencionados en Guatemala.

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Estado de calamidad: Qué implica legalmente la medida tomada para combatir los incendios

El presidente Bernardo Arévalo declaró estado de calamidad por los incendios en el país, pero ¿qué implica esta decisión?

Juan Manuel Vega por Juan Manuel Vega
10 de abril de 2024
en NACIONALES, Subportada
El presidente Bernardo Arévalo declaró estado de calamidad por los incendios intencionados en Guatemala.

El presidente Bernardo Arévalo declaró estado de calamidad por los incendios intencionados en Guatemala. Foto: Noe Pérez

Ciudad de Guatemala, 10 abr (AGN).- El presidente Bernardo Arévalo declaró estado de calamidad en todo el país por un período de 30 días para atender la emergencia derivada de los más de 40 incendios en todo el país, la mayoría intencionados, incluyendo el del vertedero de AMSA y por los cuales ya se presentaron denuncias en el Ministerio Público.

#Comunicado | Consejo de Ministros decreta Estado de Calamidad en el territorio nacional. pic.twitter.com/9nV94MZIsT

— Gobierno Guatemala (@GuatemalaGob) April 10, 2024

Qué implica el estado de calamidad en Guatemala

El estado de calamidad pública está contemplado en la Ley de Orden Público. Según el artículo 14, este estado puede ser decretado para evitar lo posible los daños de cualquier calamidad que azote al país o determinada región, así como para evitar o reducir sus efectos.

En el caso del estado de calamidad decretado por el presidente Bernardo Arévalo, este busca centralizar los esfuerzos de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres.

Esto está contemplado en el inciso 1 del artículo 15 de la Ley de Orden Público que dice que el Presidente de la República podrá: Centralizar en la entidad o dependencia que el decreto señala, todos los servicios públicos, estatales y privados, en la forma y circunstancias que el estado de Calamidad Pública lo requiera.

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Respecto a ello, el decreto, que será publicado en el Diario de Centro América, contempla que solo las entidades que estén relacionadas con el combate a los incendios podrán utilizar los mecanismo que el estado de calamidad permite.

El artículo 15 también agrega que cuando se trate de servicios que prestan entidades de carácter internacional, se procederá de acuerdo con los convenios respectivos.

Es por esto que el presidente Arévalo explicó que el estado de calamidad permitirá pedir apoyo internacional para el combate del fuego.

Entre otras de las facultades que brinda el estado de calamidad al Presidente de la República está poder establecer cordones sanitarios o impedir la salida y entrada de personas en las zonas afectadas.

Esto con el fin de poder tomar decisiones que permitan salvaguardar la integridad física de las personas afectadas por los incendios.

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La Ley de Orden Público también permite exigir de los particulares el auxilio o cooperación que sean indispensables para el mejor control de la situación en la zona afectada e impedir concentraciones de personas y prohibir o suspender espectáculos públicos.

El presidente Arévalo no ha considerado estas medidas y por ahora ha enfocado las fuerzas del Estado en el combate de los incendios y brindar el equipo necesario a los socorristas que trabajan en las áreas afectadas.

El artículo 15 de la Ley de Orden Público también permite al Presidente de la República ordenar la evacuación de los habitantes de las regiones afectadas o que estén en peligro.

Hasta ahora, no se han ordenado evacuaciones, pero Conred mantiene vigilancia constante para tomar medidas necesarias que estén encaminadas a proteger a toda la población.

Finalmente, el estado de calamidad también permite al Gobierno tomar todas las medidas necesarias para que la calamidad no se extienda a otras zonas para la protección de las personas y de sus bienes.

Duración y transparencia durante el estado de calamidad

El presidente Bernardo Arévalo anunció que se tendrán los mecanismo necesarios para garantizar la transparencia en el uso de los recursos durante el estado de calamidad.

Es por ello que únicamente las entidades implicadas en el combate al fuego pueden hacer uso de los mecanismos de compras y de los recursos necesarios para la emergencia.

Además, el mandatario confirmó que al finalizar el estado de calamidad se presentará un informe financiero detallado de los gastos realizados bajo esa figura legal.

El estado de calamidad durará 30 días.

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/dm

Etiquetas: ConredEstado de Calamidadpresidente Bernardo Arévalo
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