Ciudad de Guatemala, 29 sep (AGN). – Si desconoces qué debes hacer para el empadronamiento ante el Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral (TSE), acá te explicamos qué debes hacer para empadronarte.
A través de su página oficial el TSE brinda la información sobre los derechos y deberes inherentes que deberán cumplir todos los guatemaltecos que deseen elegir y ser electo, ejercer el sufragio (voto), velar por la libertad y efectividad de este.
Asimismo, para poder inscribirse en el Registro de Ciudadanos debes contar con tu documento de identificación personal, el cual, tras alcanzar la mayoría de edad, debes solicitar ante el Registro Nacional de las Personas (Renap).
Así también, recuerdan que es indispensable la inscripción en el Registro de Ciudadanos para el ejercicio de los derechos políticos. Ningún ciudadano podrá elegir o ser electo, sin haber cumplido previamente con este requisito; Para participar en la elección o consulta se debe estar inscrito (empadronado) como ciudadano con anticipación no menor a tres meses al evento electoral.
Empadronarse es un deber y un derecho ciudadano regulado en la Constitución Política de la República y la Ley Electoral de Partidos Políticos.
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Empadronamiento
Además, para realizar tu inscripción de empadronamiento, ser guatemalteco de origen, mayor de 18 años, realizar la inscripción ante cualquier dependencia del Registro de Ciudadanos autorizada para el efecto y obtener el número que te identifica de forma exclusiva dentro del padrón electoral municipal y que te habilita para ejercer tus derechos y obligaciones cívicas y políticas.
También, debes saber que el empadronamiento es voluntario, gratuito y personal. Se debe de contar con el documento personal de identificación (DPI) el cual se debe de presentar para realizar el trámite ante el Registro de Ciudadanos del TSE.
Registrado en el padrón electoral
Asimismo, los ciudadanos que se hayan inscrito (empadronado) en el Registro de Ciudadanos, residentes en cada municipio, conformarán un padrón electoral municipal; de acuerdo con el Artículo 224 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, el padrón electoral se cierra ciento veinte días previos a la realización de las elecciones generales.
Sin embargo, para empadronarse se puede acudir a cualquier delegación, subdelegación o puesto de empadronamiento móvil del Tribunal Supremo Electoral. También se puede realizar en el Renap, al momento de gestionar el primer DPI o su reposición y en el portal web https://portalweb.tse.org.gt/
Residencia Electoral
No obstante, el Artículo 5 del Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos menciona que se entiende por residencia electoral, el lugar en el cual la persona habita dentro de una determinada circunscripción municipal en forma continua, por un período no menor de seis meses anteriores a la presentación de la solicitud de inscripción como ciudadano.
Empadronarse es un deber y un derecho ciudadano regulado en la Constitución Política de la República y la Ley Electoral de Partidos Políticos.
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Actualización de residencia electoral
Si bien el empadronamiento es un trámite que se realiza una sola vez, es conveniente actualizar la información, sobre todo la residencia que se ha consignado, para que se pueda asignar un centro de votación cercano al lugar donde habito. Es muy importante realizar está actualización, sobre todo si el cambio de residencia ha sido de departamento o municipio.
Debes declarar cambio de municipio
Así también, la Ley Electoral y de Partidos Políticos en el Artículo 5 del Reglamento consigna que, si un ciudadano cambia de residencia a una que corresponda a otro municipio, debe declararlo a la autoridad del Registro de Ciudadanos respectiva, como mínimo un año antes a la convocatoria a elecciones generales.
🇬🇹 Estimado guatemalteco, le informamos que ya puede actualizar su residencia electoral en el extranjero a través del portal web: https://t.co/RUSypuIRm7 👩💻👨💻 pic.twitter.com/q6NSDafr30
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Jornadas de empadronamiento y actualización de datos
También, el TSE habilitó una serie de puestos móviles y realizó jornadas de empadronamiento a nivel nacional, donde los ciudadanos acudieron para realizar con la debida antelación este trámite, de esa cuenta 367 mil personas se empadronaron y 935 mil actualizaron sus datos. Si bien el plazo de actualización de residencia electoral venció el 20 de enero, el padrón electoral aún no se cierra. Por lo que todos los ciudadanos que no se han empadronado aún lo pueden realizar.
Según los registros del TSE, actualmente el Padrón Electoral de Guatemala es de 8 millones 415 mil 471 personas, está compuesto por 4 millones 528 mil 715 mujeres y 3 millones 886 mil 756 hombres. Además, detalla que el departamento y municipio con más personas empadronadas es el de Guatemala, con un total de 786 mil 69 personas, conformado por 424 mil 964 mujeres y 361 mil 105 hombres.
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