Ciudad de Guatemala, 9 de dic. (AGN)- El Ministerio de Trabajo y Previsión Social, (Mintrab) cuenta con una plataforma para realizar el cálculo del aguinaldo desde su página web. En simples pasos puede tener los datos para la verificación de este beneficio.
En Guatemala, el aguinaldo es una prestación que se entrega una vez cada año a los trabajadores como una compensación adicional a su salario regular.
Para obtener el dato debe visitar la web del Mintrab y dirigirse a la sección de servicios generales, posteriormente en la opción de aguinaldo.
En esa ventana desplegará el recapcha y luego debe llenar los siguientes datos:
- Número de Documento Personal de Identificación (DPI)
- Nombre de la empresa
- Seleccione la actividad económica a la cual pertenece
- Seleccione departamento y municipio donde se ubica
- Fecha de inicio de labores (si es mayor a un año, consultará si recibió el aguinaldo del año anterior)
- Fecha de recibir el último aguinaldo
- Ingresar la cantidad de salario base, sin tomar en cuenta la bonificación-incentivo
- Correo electrónico
Con los datos proporcionados el sistema hará el cómputo y será enviado al correo electrónico registrado o lo puede descargar directamente del sistema.
El aguinaldo equivale al salario ordinario de un mes devengado durante el año; sin embargo, si no ha cumplido los 12 meses de trabajo, este será proporcional, según lo establecido en el Código de Trabajo.
La fecha del pago del aguinaldo es a partir del 15 de diciembre, y puede hacerse en un pago o dividirse en dos, para completarlo en la primera quincena de enero, según disposición de cada empresa o entidad.
Lo que debe saber
- El aguinaldo es una prestación irrenunciable que representa un salario adicional al que tienen derecho los trabajadores y que los empleadores deben pagar de forma obligatoria cada año según lo establecido en la Ley Reguladora de la Prestación del Aguinaldo (decreto número 76-78).
- El empleador debe pagar el equivalente al 100 % de un mes de salario ordinario mensual a los trabajadores que tengan un año de trabajar continuamente en la misma empresa. Si el trabajador tiene menos de un año de trabajar en la institución o empresa, el pago será proporcional al tiempo laborado.
- Del pago de la prestación de aguinaldo debe dejarse constancia escrita y no puede sustituir el pago monetario por pago en especie. El aguinaldo es inembargable salvo las excepciones que prescriban leyes especiales.
- En caso de no recibir el pago, pueden interponer una denuncia ante la Inspección General de Trabajo acercándose a la sede departamental más cercana del Mintrab o llamando a la línea de atención 1511.
- El Mintrab a través de la Inspección General de Trabajo (IGT), realiza operativos a nivel nacional con el objetivo de verificar que los empleadores hagan efectivo el pago de aguinaldo a sus trabajadores.
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