Ciudad de Guatemala, 3 jun (AGN).- El Ministerio Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA) estableció una veda temporal para varias especies en diferentes áreas del Caribe Guatemalteco.
La disposición está contenida en el Acuerdo Gubernativo No. 68-2025, que se publicó este martes en el Diario de Centro América.
Asimismo, el acuerdo señala que la veda aplica para todo tipo de pesquería de las especie descritas en el litoral del Caribe por un periodo de un mes y medio, a partir del 15 de septiembre de 2025 al 31 de octubre del mismo año.
El acuerdo señala que las especies a las que se refiere la veda son:
- Bagre
- Jurel
- Róbalo
- Mojarra
- Lisas
- Sábalo
- Ronco
- Curvina
- Sierra
- Barracuda
- Palometa
Áreas en las que rige la veda
En cuanto a las áreas en las que se establece la veda en el litoral del Caribe se detallan:
- Bahía de Amatique
- Bahía de Santo Tomás de Castilla
- Desembocadura del río Dulce
- Desembocadura del río Sarstún
- Bahía La Graciosa
- Bahía Santa Isabel
- Canal Inglés
- Zona marina expuesta de Punta de Manabique
- Mar Caribe
- Bajo de Motagua
- Desembocadura del río Motagua
También indica el acuerdo que se establecen las disposiciones que se citan en vista de que es facultad del MAGA, por medio de la Dirección de Normatividad de Pesca y Acuicultura ejecutar las medidas necesarias para proteger los recursos pesqueros y preservar el medio ambiente.
Además, el acuerdo estipula que quien contravenga las disposiciones que se establecen en el citado acuerdo será objeto de las sanciones que establece la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Igualmente, el acuerdo establece que entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial.
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